Cambio confirmado en la jubilación: todo lo que llega a partir de este día
El año 2025 llega con cambios en lo relativo a la jubilación parcial
El año 2025 llegará con cambios para todo tipo de pensiones y en concreto con la de jubilación, ya se que endurecerán las condiciones para que las personas puedan retirarse con el 100% de la prestación. El Gobierno también prepara una subida para las pensiones que podría ser de alrededor de un 3% a la espera de los últimos datos relativos al a inflación en los últimos meses del año. Estos son algunos de los cambios que vienen con la jubilación de cara a 2025 y que también repercuten en la jubilación parcial, que ofrece al trabajador a retirarse de forma progresiva cobrando un salario y además una parte de la pensión.
El primer cambio en lo que tiene que ver con las pensiones de jubilación llegará con la edad mínima para poder jubilarse y los años cotizados a la Seguridad Social que hay que tener para poder cobrar el 100% de la prestación. De cara a los próximos años se endurecerán las condiciones para acceder a la jubilación ordinaria y de cara a 2025 para poder jubilarte con 65 años tendrás que tener 38 años y tres meses cotizados. Si no cumples con estos requisitos tendrás que esperar a los 66 años y 8 meses. Esto irá en incremento en los próximos años hasta 2027, en la que no cumplan con los mínimos de cotización tendrán que esperar hasta los 67 años.
Estos cambios en los que respecta a la jubilación ordinaria también repercuten en la jubilación parcial, que es la modalidad que permite a los trabajadores seguir de alta en el mercado laboral a la vez que cobra la pensión. La Seguridad Social la describe de la siguiente manera: «Se considera jubilación parcial la iniciada después del cumplimiento de los 60 años, simultánea con un contrato de trabajo a tiempo parcial y vinculada o no con un contrato de relevo celebrado con un trabajador en situación de desempleo o que tenga concertado con la empresa un contrato de duración determinada».
Dentro de la jubilación parcial existen tres tipos, la jubilación parcial sin la necesidad de celebrar un contrato de relevo, la jubilación parcial con contrato de relevo y para los trabajadores de la industria manufacturera. Dependiendo de cada uno de los casos la persona en cuestión podrá acceder antes a la edad para jubilarse parcialmente, siendo la más importante en el caso que exista un contrato relevo, que es el que firma un trabajador con la empresa para cubrir la parte del empleado que accede a la jubilación parcial.
Los cambios con la jubilación parcial
Así que en 2025 las personas que quieran acceder a la jubilación parcial con un contrato de relevo lo podrán hacer a los 62 años y 8 meses si tienen un total de 36 años y tres meses cotizados en el momento de solicitarla. Las personas que no cumplan estos requisitos y se quieran retirar de forma parcial también pueden hacerlo a los 63 años y cuatro meses si han cotizado un total de 33 años.
Esto siempre que tengan un contrato relevo, si este no existe la edad para llegar a la jubilación parcial será la misma que por lo que respecta a la jubilación ordinaria por lo que la persona en cuestión tendrá que esperar a los 65 años como mínimo si tiene los años cotizados. Para acceder a esta jubilación parcial, como sucede con toda pensión contributiva, hay que tener un mínimo de 15 años cotizados a la Seguridad Social.
2025 también llega con cambios en lo que respecta al porcentaje de la reducción de la jornada de trabajo, que podrá de entre un 20% y un 33% en el primer año. Esto supone una mejor con respecto a la última normativa que estaba comprendida entre un mínimo del 25% al 50%. «La reducción de jornada puede llegar hasta el 75%, para los supuestos en que el trabajador relevista sea contratado a jornada completa mediante un contrato de duración indefinido», afirma la Seguridad Social. También estará entre un mínimo del 25% y un máximo del 67% para los trabajadores de la industria manufacturera
En su última reunión, la mesa de dialogo social también acordó elevar el porcentaje de la pensión que se puede compatibilizar con el salario de forma progresiva durante los primeros años en la jubilación parcial. Será desde el 45% el primer año hasta el 100% en el quinto año.
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