Bruselas denuncia a España ante la Justicia Europea por no adaptar la ley sobre préstamos dudosos
La UE pretende fomentar el desarrollo de un mercado secundario que funcione correctamente para los préstamos dudosos
La Comisión Europea ha denunciado este miércoles, 12 de febrero, a España ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) por no transponer la directiva sobre préstamos dudosos, es decir, aquellos que superan los 90 días de impago de cuotas, a su legislación nacional. Sin embargo, España no ha sido el único país que ha recibido estas acusaciones. El motivo es que junto a nuestro país Bruselas ha llevado también ante el TJUE a Austria, Bulgaria, Finlandia, Hungría, Países Bajos y Portugal por no haber notificado aún la Comisión la transposición completa de la directiva a sus ordenamientos jurídicos.
Con esta denuncia, la directiva de la Unión Europea pretende fomentar el desarrollo de un mercado secundario que funcione correctamente para los préstamos dudosos estableciendo normas para la autorización y supervisión de los compradores y administradores de créditos y proporciona, para ello, un conjunto de criterios armonizados que permiten a los administradores de créditos comercializar préstamos dudosos a escala transfronteriza.
Además, esta norma concede gran importancia a los prestatarios e incluye salvaguardas para aumentar la protección de los consumidores, como medidas de indulgencia y requisitos de información para aumentar el nivel de transparencia en la relación con el acreedor.
Como consecuencia de ello, el Ejecutivo comunitario considera que su transposición es «crucial» para el mercado único, ya que facilita la venta y la gestión transfronteriza de este tipo de préstamos morosos, aumentando la liquidez y la eficiencia del mercado.
En concreto, hay que tener en cuenta que los Estados miembros debían de transponer esta directiva antes del 29 de diciembre de 2023, algo que, hasta la fecha, habían cumplido la mayoría de capitales. No obstante, desde la Comisión Europea se considera que los esfuerzos realizados por las autoridades de Austria, Bulgaria, España, Finlandia, Hungría, Países Bajos y Portugal han sido «insuficientes», por lo que ha decidido denunciar ante el TJUE.
De esta forma, la Comisión solicitará al Tribunal que imponga sanciones económicas a cada uno de estos Estados miembro cuyo importe se ha calculado teniendo en cuenta la gravedad, la duración de la infracción y el efecto disuasorio reflejado en su capacidad de pago.
Directiva de resolución bancaria
Además, el Ejecutivo comunitario ha dado un ultimátum de dos meses a España para transponer las modificaciones de la directiva sobre rescate y resolución bancaria antes de proceder a elevar también el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).
Junto a España, Bruselas ha apremiado a Austria, Bulgaria, Eslovaquia y Portugal a completar la transposición de las modificaciones de esta normativa, que incluyen el tratamiento prudencial de las entidades de importancia sistémica mundial y a la capacidad de absorción de pérdidas y recapitalización de los grupos bancarios.
Estas modificaciones garantizarán la plena armonización en la UE con las normas sobre la capacidad total de absorción de pérdidas de las entidades de importancia sistémica mundial (EISM, por sus siglas en inglés).
En particular, los cambios son necesarios para reflejar adecuadamente la exposición de las EISM de la UE a sus filiales situadas en terceros países y para seguir mejorando la capacidad de los mayores grupos bancarios de la UE para resistir las perturbaciones financieras, un objetivo que se ve entorpecido ante la falta de transposición de estas medidas.
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