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Ayudas del alquiler por el coronavirus: ¿Quién puede beneficiarse?

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El Consejo de Ministros ha decidido aprobar este mismo martes un plan de ayudas del alquiler con recursos de 700 millones de euros por la pandemia general que estamos sufriendo en estos momentos debido al coronavirus. Dentro de este plan de ayudas encontramos varias medidas. Una de ellas es la línea de microcréditos avalados por el Estado, ayudas directas y la suspensión de desahucios desde este hoy mismo.

Pablo Iglesias, en su intervención, ha señalado que la vivienda es «un bien que se vuelve más imprescindible en estos momentos», de ahí a que el Gobierno deba garantizar el derecho a la vivienda de todos los residentes en España. Ahora bien, ¿Quién podrá acogerse a estas ayudas?

Según el Consejo de Ministros, podrán acogerse a estos programas aquellas personas desempleadas, afectadas por un ERTE, con reducción de jornada o autónomos que no lleguen al límite de tres veces el IPREM, que ahora mismo es de 537,84 euros al mes. Este límite se verá incrementado por hijos o por personas dependientes que estén a su cargo.

Los microcréditos que se han ofrecido estarán avalados por el Estado y ya se han destinado 100 millones de euros para aquellas personas que tengan su piso alquilado a particulares o pequeños propietarios. Además, también se ha aprobado una moratoria de cuatro meses en el pago de la renta para los inquilinos de grandes tenedores de viviendas.

¿Cómo consigo el microcrédito? El Instituto de Crédito Oficial (ICO), facilitará a aquellos que lo necesiten créditos sin coste de intereses ni comisiones que tendrán un plazo de devolución de seis años. Después de esos seis años, si no se ha devuelto, se podrá habilitar un plazo de cuatro años más si se tienen dificultades. Finalmente, aquellos que no puedan hacer frente al pago de los microcréditos podrán disponer de ayudas directas del Estado.

Se podrá percibir una cuantía máxima de 900 euros al mes y hasta el 100% del principal, e intereses del préstamo suscrito, y de 200 euros al mes para atender los gastos de mantenimiento, comunidad y suministros básicos con el límite del 100% de los mismos.

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