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Palo confirmado para los autónomos: los afectados por el cambio del Gobierno pagarán 135 euros más al mes en cotizaciones

Los autónomos
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Desde enero de 2026, la base mínima de cotización de los trabajadores societarios y colaboradores ha subido a 1.424 euros, tras desaparecer el límite transitorio de 1.000 euros que se mantenía por la falta de aprobación de las cuentas públicas desde 2023, razón por la cual deberán pagar 135 euros más en cotizaciones, hasta 440 euros mensuales. Si bien estos trabajadores por cuenta propia podrán seguir abonando la misma cuota que en 2025, la regularización que tendrá lugar en 2028 les obligará a aportar, como mínimo, la cuota correspondiente a la base mínima de 1.424 euros para el ejercicio 2026.

Estos ajustes en la base de cotización se definieron en la reforma del RETA de 2022, pactada entre el Gobierno, sindicatos y asociaciones empresariales. La normativa establece que, a partir de 2026, la base mínima de los autónomos societarios, familiares colaboradores y quienes no declaren ingresos no podrá ser inferior a la del Régimen General.

Incremento de la cuota de los autónomos societarios y colaboradores

El último modelo de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), acordado en 2022 para ajustar las bases de cotización a los ingresos reales del colectivo, excluyó de los 15 tramos de tributación a los profesionales con ingresos equivalentes al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), aplicándoles el tramo 7 del Régimen General, el mismo que se utiliza para los asalariados.

Según explican desde el Ministerio que dirige Elma Saiz, la reforma del sistema de cotización del RETA de 2022 «estableció que la base de cotización de los autónomos societarios, familiares colaboradores y aquellos que no declaran rendimientos no podrá ser inferior a la base mínima del Régimen General a partir de 2026. Así se recoge en el decreto ley que aprobó la reforma y en la propia Ley General de Seguridad Social sin que nadie hasta la fecha lo haya cuestionado.

Con la subida del SMI, su base de cotización se incrementa automáticamente, pasando de una cuota mensual de 315 euros a 450 euros, que se aplicará a partir de la liquidación de mayo de 2026, con efectos retroactivos desde el 1 de enero. De manera provisional, podrán seguir cotizando por 1.000 euros, pero la Tesorería General de la Seguridad Social ajustará la diferencia de oficio entre enero y abril, probablemente en 2028, según indica UPTA.

Eduardo Abad, presidente de UPTA, calificó la situación de «agravio» para autónomos colaboradores y societarios frente al resto y propuso «congelar todas las bases de cotización» del colectivo. Considera que la solución es sencilla: «Si se ha hecho para otros autónomos en el real decreto de pensiones de marzo, basta un real decreto-ley para recuperar la base mínima». Por su parte, Lorenzo Amor, presidente de ATA, criticó al Gobierno en X, calificando la medida de «salvajada» y denunciando desigualdad: «Esta salvajada costará 1.620 euros al año adicionales a cada uno de estos autónomos, algo incomprensible que genera desigualdad entre los autónomos dependiendo de su carácter fiscal. No vamos a quedarnos de brazos cruzados. Ya hemos hablado con varios grupos parlamentarios para parar esta salvajada y una buscar solución inmediata y con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2026. El Gobierno también puede, si quiere, elaborar una norma con rango de Ley que evite este sablazo a estos autónomos. Por cierto, la mayoría de afectados, mujeres».

Cabe recordar que la Seguridad Social decidió prorrogar para 2026 las cuotas que los autónomos abonaban en 2025, tras varios intentos fallidos de incrementarlas por la falta de acuerdo en el diálogo social. Sin embargo, al analizar la letra pequeña, se observa que esta prórroga no se aplica a los familiares colaboradores, autónomos societarios y aquellos sin rendimientos, quienes deberán cumplir con las normas del real decreto de 2022, que establece el nuevo sistema de cotización basado en los ingresos reales de los autónomos.

¿Y el resto de trabajadores por cuenta propia?

El sistema de cotización general para autónomos establece distintos tramos según el rendimiento neto anual, determinando así la base de cotización y las cuotas mínimas y máximas correspondientes. Por ejemplo, en el tramo 1, aquellos autónomos con un rendimiento neto entre 1.166,70 y 1.300 euros tienen una base de cotización que va de 950,98 a 1.300 euros, con una cuota mínima de 299,56 euros y una máxima de 409,50 euros. A medida que el rendimiento aumenta, también lo hace la base y las cuotas.

En el tramo 2, para ingresos de entre 1.300 y 1.500 euros, la base oscila entre 960,78 y 1.500 euros, con cuotas de 302,65 a 472,50 euros, y así sucesivamente hasta los tramos más altos. Por ejemplo, en el tramo 7, con rendimientos entre 2.330 y 2.760 euros, la base va de 1.356,21 a 2.760 euros, con cuotas de 427,21 a 869,40 euros, mientras que en el tramo 12, para ingresos superiores a 6.000 euros, la base se sitúa entre 1.928,10 y 5.101,20 euros, manteniendo una cuota máxima de 1.606,88 euros.

Este sistema escalonado permite que la cotización se ajuste progresivamente a los ingresos..

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