Cambios en Seguridad Social y a nivel laboral

Los autónomos afrontan cambios fiscales clave a la vuelta del verano que elevarán sus impuestos

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Cambios fiscales para los autónomos.

Los autónomos van a vivir una cuesta de septiembre más empinada que otros colectivos. A la importante caída en la actividad que vienen acumulando, todavía lejos de los ingresos previos a la crisis del Covid-19, y sin ayudas por parte del Gobierno, los trabajadores por cuenta propia se enfrentan a cambios fiscales y laborales clave que incrementarán los altos impuestos que ya están pagando.

El Ejecutivo de Pedro Sánchez tiene muchos frentes abiertos: el sistema de pensiones, la reforma laboral y fiscal… Todas comenzarán a traducirse en medidas -algunas ventajosas- para los autónomos durante el segundo semestre de 2021. Sin embargo, en el corto plazo los trabajadores por cuenta propia tendrán que asumir cargas fiscales que fueron aprobadas en julio.

Uno de los temas que más controversia tiene y que generará un gran impacto a más de tres millones de autónomos es la casi segura subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). La subida de la cuota de autónomos -que pasarán de pagar el 30,3% actual a un 30,6%- está vinculada al incremento del SMI que se ha ido postergando hasta el mes de septiembre. Si bien es cierto que no se conoce cual es la subida que está barajando el Gobierno, el escenario más plausible muestra un incremento progresivo hasta los 1.050 euros al mes.

La modificación al alza del SMI afectará a las cuotas por contingencias profesionales y al cese de actividad, siempre y cuando no se cuente con tarifa plana. De esta forma, para la base de cotización mínima -por la que se paga anualmente 286 euros- la subida de la cuotas de los autónomos se traduce en 36 euros más al año. Por su parte, los que cotizan por la base máxima la subida se notará un poco más: el incremento será de 144 euros al año.

Otro de los cambios que repercutirán en los trabajadores por cuenta propia es el aumento en el importe de las sanciones que imponga la inspección de Trabajo. El próximo 1 de octubre entra en vigor la Ley sobre infracciones y sanciones que contempla un incremento de 20% en la multas y la automatización de procedimiento sancionador.

El incremento de las sanciones asciende a 150 euros en las multas leves en su grado mínimo-80 euros más que en la actualidad-, mientras que las leves en su grado medio pasan de 151 a 370 euros y en su grado máximo ascienden hasta los 750 euros. Las graves con multa pasan de 751 a 1.500 euros en su grado más bajo, en su grado medio de 1.501 a 3.750 euros, y en su grado máximo a 7.500 euros. Las muy graves con multa, en su grado mínimo, de 7.501 a 30.000 euros; en su grado medio de 30.001 a 120.005 euros y en su grado máximo de 120.006 euros a 225.018 euros.

Fin de prestaciones

La última prórroga para extender los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) llega a su fin el próximo 31 de septiembre. De este modo, los más de 200.000 autónomos que están cobrando el cese de actividad deben estar pendientes de las negociaciones para la extensión de esta medida. Por otro lado, dejarán de estar en vigor las exoneraciones en la cuota que pagan los autónomos que fueron beneficiarios hasta mayo del cese de actividad.

Al ser una exoneración decreciente, el pasado mes de junio pagaron únicamente el 10% de la cuota, en julio el 25%, en agosto el 50% -145 euros- y en septiembre el 75%, lo que asciende a 216 euros. Por tanto en octubre, lo autónomos se enfrentarán al pago completo de la cuota.

Asimismo, el Real Decreto Ley 2/2021 señala que «a partir del 1 de septiembre de 2021, las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, o el Instituto Social de la Marina recabarán del Ministerio de Hacienda los datos tributarios de los ejercicios 2019 y 2021 necesarios para el seguimiento y control de las prestaciones reconocidas. Por tanto, los autónomos deben saber que a partir de ese momento sus mutuas pueden revisar si cumplían los requisitos de cada prórroga, como la caída de facturación o los rendimientos netos, para beneficiarse de las prestaciones. Si no cumplían dichas condiciones deberán devolver las ayudas. 

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