Atención: Hacienda se pone seria y vigila estos bizum que se han hecho entre familiares y amigos
El Banco de España te avisa: haz esto inmediatamente si te equivocas al hacer un Bizum
Ya no usarás Bizum como antes: llega el cambio que nadie esperaba
¡Cuidado! una nueva estafa llega a Bizum y ya ha afectado a miles de personas
Desde su lanzamiento, Bizum ya supera los 23 millones de usuarios y los 1.600 millones de operaciones realizadas. Se trata de la solución de pago por móvil más popular de España gracias al amplio abanico de ventajas que aporta. La más destacada de toda es que el dinero se transfiere al momento y sin coste alguno, aunque el destinatario tenga cuenta en otra entidad bancaria. Ahora bien, Bizum también tiene sus limitaciones, a las cuales hay que prestar especial atención para evitar problemas con Hacienda.
Los Bizum que hay que declarar ante Hacienda
Con el objetivo de ejercer un mayor control sobre el blanqueo de capitales y el fraude, la Agencia Tributaria ha puesto el foco en esta solución de pago por móvil. Cuando Bizum se utiliza de manera esporádica no hay que declarar las operaciones. Pero cuando se convierte en una práctica habitual o supera una cierta cantidad de dinero, sí hay que hacerlo.
Cuando la cuantía supera el umbral de los 10.000 euros anuales, es obligatorio declararlo en la declaración de la Renta. La propia entidad bancaria informará a Hacienda sobre este movimiento, por lo que los contribuyentes también deben hacerlo para que lo datos se crucen correctamente.
La Agencia Tributaria también exige que se declaren los Bizum que se reciben con una rentabilidad económica. Aquí entra, por ejemplo, el pago que recibe el arrendador del inquilino por el alquiler de una vivienda. En este caso, hay que declarar la operación como si de una trasferencia tradicional se tratara.
Por supuesto, si un autónomo cobra sus ventas o servicios a través de Bizum tiene la obligación de declararlo, ya que es un claro rendimiento económico de la actividad laboral.
Modelo SI
Los contribuyentes deben informar sobre las transferencias y Bizum superiores a 10.000 euros a través del modelo SI. Quienes no cumplan esta obligación podrían recibir una sanción que oscila entre los 600 euros y el 50% de la cuantía enviada en la operación.
Además, cabe señalar que Hacienda no solo se centra en la cantidad de dinero transferido, sino que también exige una justificación del origen de los fondos. En el caso de que los contribuyentes no puedan hacerlo, la multa es de entre 60.000 y 150.000 euros.
La Ley General Tributaria es muy clara al respecto: «Los bancos están obligados a proporcionar a la Administración tributaria toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas».
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