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En España, existen las pensiones contributivas y no contributivas. Las pensiones contributivas (de jubilación, incapacidad permanente y en favor de familiares) están dirigidas a quienes tienen al menos 15 años cotizados. Mientras, las pensiones no contributivas (jubilación e invalidez) son para aquellas personas que tengan menos de 15 años cotizados y sus ingresos sean inferiores a 5.899,60 euros anuales.
En el caso de las pensiones contributivas, tal y como su propio nombre indica, la cuantía depende de la cotización que se haya tenido a lo largo de la vida laboral, es decir, de cuánto se haya contribuido. Sin embargo, existe una alternativa para aumenta la cuantía de estas pensiones: el complemento para reducir la brecha de género, dirigido tanto a mujeres como a hombres.
Complemento para reducir la brecha de género
«El complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género, sustituye el complemento por maternidad por aportación demográfica por un complemento dirigido a la reducción de la brecha de género, con el que se persigue reparar el perjuicio que han sufrido a lo largo de su carrera profesional las mujeres por asumir un papel principal en la tarea de los cuidados de los hijos que se proyecta en el ámbito de las pensiones», detalla la Seguridad Social.
Los beneficiarios son mujeres y hombres que estén cobrando una pensión contributiva de jubilación (excepto jubilación parcial), de viudedad o de incapacidad permanente a partir del 4 de febrero de 2021 y que hayan tenido hijos. Cuando se accede a la jubilación plena desde la jubilación parcial, si se cumplen los requisitos exigidos, se reconoce el complemento.
Los hombres deben acreditar alguno de los siguientes requisitos para tener derecho al complemento:
- Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos en común, siempre y cuando alguno de ellos tenga derecho a percibir una pensión de orfandad.
- Causar una pensión contributiva de jubilación o de incapacidad permanente y haber interrumpido la vida laboral con motivo del nacimiento o adopción de los hijos.
La cuantía del complemento se fija en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año. Este 2023, el importe es de 30,40 € mensuales por cada hijo o hija, con el límite de cuatro veces dicho importe. Por lo tanto, quienes tengan más de cuatro hijos pueden cobrar 121,20 euros al mes, lo que equivale a 1.696.80 euros anuales.
El complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género lo abona todos los meses la Seguridad Social con dos pagas extraordinarias que se abonan en lo meses de junio y noviembre.
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