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Atención autónomos: el SEPE revela la cuota mínima a pagar hasta 2025

En este 2023 entró en vigor el nuevo sistema de cotización para los autónomos, el cual ha dado mucho que hablar y que elimina las cuotas fijas a la Seguridad Social para establecer cuotas que se adapten a los ingresos de cada trabajador por cuenta propia. Te contamos cuál es la cuota mínima de los autónomos que deberán pagar hasta 2025, según revela el SEPE… ¡toma nota!.

Estas son las cuotas mínimas de los autónomos hasta 2025

Este nuevo sistema para los autónomos crea nuevas cuotas, según refleja el Real Decreto Ley 13/2022 y que tendrán que abonar los trabajadores por cuenta propia tanto este año como en 2024 y 2025. Hasta ahora, la base mínima de cotización era de 960 euros al mes, por la cual correspondía una cuota de 294 euros a cada autónomo, pero ahora la Seguridad Social ha creado unas tablas en las que se establecen las bases y cuotas mínimas que los autónomos deberán pagar en los próximos años.

El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), explica claramente en su página web que «el pasado 1 de enero de 2023 se desplegó progresivamente (durante tres años) un sistema de quince tramos que determina las bases de cotización y las cuotas en función de los rendimientos netos del autónomo, como transición al modelo definitivo de cotizaciones por ingresos reales que se producirá como muy tarde en nueve años».

En base a este nuevo sistema, la cuantía mínima que deben pagar los autónomos a partir de ahora oscilará entre los 200 y los 230 euros, aumentando progresivamente hasta llegar a los 590 euros en algunos casos. Con parámetros establecidos en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, se podrá introducir alguna modificación en las cuotas en los próximos dos años.

La Seguridad Social muestra en su página web las tablas de bases de cotización y cuotas para los diferentes tramos de rendimientos netos en los próximos años, y se especifica también que la cuota mínima irá descendiendo desde los 230 euros en 2023 hasta los 200 en 2025. Es importante destacar que todos los autónomos que tengan un rendimiento inferior a los 14.001,48 euros anuales podrán acogerse a la Tabla Reducida, mientras que el resto de trabajadores por cuenta propia deberán acogerse a los datos que figuran en la Tabla General.

Si eres autónomo y todavía no estás cotizando con el nuevo sistema, habla con tu gestor para hacerlo cuanto antes y ver cuál será tu nueva cuota y de qué manera puedes beneficiarte de este nuevo sistema.