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La Agencia Tributaria ha anunciado que la nueva campaña de la declaración de la Renta 2024 comenzará el 3 de abril. La campaña de este año se extenderá hasta el 1 de julio de 2024, ya que el 30 de junio cae en domingo.
Siempre que Hacienda garantice asistencia personalizada a los contribuyentes que necesiten ayuda para completar su declaración, el Gobierno ha establecido la obligación de presentar la declaración del Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF) a través de Internet.
Declaración de la Renta 2024
Con la llegada de la Renta 2024, aumenta el mínimo exento para la presentación de la declaración. Ahora estarán obligados a declarar aquellos que hayan recibido más de 15.000 euros de dos o más pagadores, siempre y cuando el segundo y los siguientes pagadores superen en conjunto los 1.500 euros.
Asimismo, introduce importantes cambios en los rendimientos del alquiler de inmuebles, en línea con la nueva Ley de Vivienda. Estas modificaciones afectan directamente a las reducciones aplicables en los arrendamientos, que se establecen de la siguiente manera:
- La reducción general del 50%, que antes era del 60%, se aplica de manera general en 2024.
- Además, se mantiene la reducción del 60% para aquellos casos en los que se haya realizado alguna obra de rehabilitación en los dos años anteriores a poner en alquiler el inmueble.
- En mercados tensionados, se establece una reducción del 70% para los alquileres destinados a jóvenes de entre 18 y 35 años.
- Por último, se contempla una reducción del 90% en los arrendamientos de mercados tensionados, aplicable a contratos que presenten una rebaja del 5% respecto al contrato anterior en zonas donde el mercado esté bajo presión.
Novedades
Este año se ha elevado el mínimo exento de retención a cuenta del IRPF a 15.875 euros anuales, coincidiendo con la cantidad en la que se sitúa el salario mínimo interprofesional (SMI). Esta medida busca evitar que el aumento del SMI, que ha pasado de 15.120 euros en 2023 a 15.875 euros este año, resulte en un perjuicio fiscal para los contribuyentes.
Además, este mínimo exento puede ser superior según las circunstancias familiares del contribuyente, llegando a alcanzar los 19.262 euros para aquellos trabajadores con dos hijos o más y un cónyuge cuyos ingresos sean inferiores a 1.500 euros al año.
Por otro lado, los autónomos serán uno de los grupos más afectados por los cambios introducidos este año. Están obligados a presentar la declaración de la renta, incluso si no alcanzan los ingresos mínimos. El porcentaje de reducción de los «gastos deducibles de difícil justificación» se ha elevado al 7%.
En cuanto a la tabla de cotización de autónomos, se ha actualizado para aliviar la carga de los que tienen menores ingresos. Se han establecido dos cuotas mínimas: la «Tabla Reducida» para aquellos con ingresos inferiores a 14.001,48 euros al año, que pagarán alrededor de 225 euros al mes, y la «Tabla General» para aquellos que superen esta cifra, con pagos mensuales entre 291 y 530 euros.
Por último, los inversores en criptomonedas que coticen en el extranjero y tengan un valor superior a los 50.000 euros deberán completar el modelo 721. No declarar este activo puede resultar en multas de hasta 200,000 euros.
Deducciones
Las deducciones fiscales ofrecen un gran ahorro para los contribuyentes, según el sindicato de técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). Aquellos con mayores ingresos y patrimonios pueden obtener mayores ventajas fiscales.
Por ejemplo, aquellos con ingresos superiores a 600.000 euros al año pueden maximizar sus ventajas fiscales en 40.378 euros adicionales, mientras que para aquellos con ingresos anuales inferiores a 21.000 euros, el aumento puede llegar a los 1.820 euros.
Los planes de pensiones ofrecen una importante vía de deducción. Los planes de pensiones de empresa permiten desgravar hasta 8.500 euros, siendo esta la aportación máxima permitida. Además, los contribuyentes pueden aportar y desgravarse un máximo de 1.500 euros en planes de pensiones individuales o el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, optando por el importe menor de ambos.
En cuanto a la maternidad, las madres con hijos menores de 3 años pueden deducirse 1.200 euros por cada hijo menor de esa edad, independientemente de si están trabajando o cobrando el paro.
Por otro lado, la adquisición de vehículos eléctricos también ofrece deducciones interesantes. Los contribuyentes pueden deducirse un 15% del valor de compra de un vehículo eléctrico, con un límite de 3.000 euros, siempre que no esté destinado a actividades económicas. Desde turismos M1 hasta motocicletas eléctricas, les necesario que los modelos elegibles estén incluidos en la Base de Vehículos del IDAE.
Además, las donaciones a ONG y la afiliación a partidos políticos ofrecen deducciones del 10 al 80%, dependiendo del capital aportado. La afiliación a partidos políticos puede desgravar un 20%, con un límite de 600 euros, mientras que los trabajadores afiliados a sindicatos y colegios profesionales pueden beneficiarse de una deducción del 20%, con un máximo de 500 euros.
Por último, por los trabajos y servicios prestados a empresas en el extranjero, el límite de deducción es de 60.100 euros en la declaración de la Renta 2024, siempre que las compañías se encuentren en la Unión Europea.
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- Campaña de la Renta