Anestesia letal y cero información: un hombre es indemnizado con 15.000 euros tras sufrir una parada cardíaca
El paciente no fue advertido de los riesgos de la anestesia general antes de una cirugía de hombro
El Tribunal Superior de Justicia ratifica la condena a Ibermutua por la falta de consentimiento informado
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Un paciente en Castilla y León recibirá una indemnización de 15.000 euros después de sufrir una parada cardiorrespiratoria durante una operación. ¿El motivo de la condena? No fue una mala praxis en la ejecución de la técnica, sino algo más básico: nadie le informó de que eso podía pasar.
La Justicia ha dejado claro que la falta de información previa es una vulneración de los derechos del paciente.
Un «susto» que pudo ser fatal
Lo que iba a ser una intervención rutinaria para tratar una luxación de hombro se convirtió en una pesadilla. El paciente fue sometido a una anestesia general sin que los facultativos le explicaran detalladamente las posibles complicaciones de este procedimiento. Durante la intervención, el hombre sufrió una parada cardíaca que obligó a realizar maniobras de reanimación de urgencia.
Aunque afortunadamente el paciente logró recuperarse, las secuelas psicológicas y el riesgo vital al que se vio expuesto han llevado el caso ante los tribunales. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha ratificado que Ibermutua debe responder económicamente por omitir este paso crucial.
El consentimiento informado: un derecho, no un trámite
La sentencia es tajante: no basta con firmar un papel genérico. El consentimiento informado es el proceso mediante el cual el médico explica los riesgos específicos de una intervención para que el paciente decida libremente si quiere seguir adelante.
En este caso, se ha probado que la información fue insuficiente. Los magistrados subrayan que:
- El paciente no conocía la gravedad potencial de la anestesia.
- Se vulneró su autonomía personal al no permitirle valorar el riesgo-beneficio.
- La indemnización de 15.000 euros compensa el daño moral y el riesgo sufrido.
Este fallo judicial sienta un precedente importante en la región, recordando a los centros hospitalarios que la transparencia informativa es tan obligatoria como el propio acto médico.
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