Leyes blandas para menores criminales
Todos conocemos el refrán de que el hombre es el único animal que tropieza dos veces en la misma piedra. Ciertamente es un hecho incontestable, y tras cometer un error, volvemos a cometer otro y otro más. Friedrich Nietzsche consideraba que el error es parte de la naturaleza humana. Casi cada día, los medios de comunicación nos dan noticia de un suceso delictivo importante cometido por menores.
Ciertamente son conocidos muy pocos y solo trascienden a la opinión pública aquellos muy graves. Los menores son protagonistas de hechos delictivos casi diariamente, cuando no son víctimas de hechos también muy graves tras cometer delitos y estar tutelados, como ha sucedido en Mallorca, donde eran explotados sexualmente. El último hecho gravísimo conocido ha sido el asesinato de María Belén Cortés, una trabajadora social que trabajaba en un Centro de Menores de Badajoz y que ya había denunciado amenazas previas y un menor fue condenado.
Ahora, abogados y compañeros del sector piden mayor seguridad para una situación en la que venimos cometiendo errores uno tras otro. En el año 2000, hace como es obvio 25 años se promulgó la Ley de Responsabilidad Penal de los Menores. Partiendo de la fijación de imputabilidad penal a los menores de 14 años, circunstancia que podría ser cuestionable, para los mayores de esa edad, la revisión de la ley 5/2000 que les afecta se quedó en el limbo en todos los aspectos, y pese a los hechos como el descrito que han sucedido, seguimos tropezando en la piedra una y otra vez, sin plantearnos cambiar nada en absoluto hasta el próximo luctuoso y criminal hecho.
A la hora de promulgar esa ley solo se concibió pensando en que los menores solo iban a cometer delitos menores. A ello se le añade que los Centros de Reforma, así como los centros tutelados, están muy alejados de ser seguros para los trabajadores por tener un rancio, cándido y nulo conocimiento de la seguridad, pensando que los menores no son conflictivos, no son agresivos, o no se fugan.
Del mismo modo, algún lumbrera, tonto infinito, negó el concepto de agente de la autoridad a los vigilantes de seguridad y a determinados funcionarios del sector. Es evidente que la cuestión social, reeducativa y de reinserción es fundamental, pero si no hay seguridad, difícilmente pueden cumplirse estos objetivos, teniendo además, como se observa, consecuencias graves en la sociedad. No es de recibo que los menores tutelados en realidad no lo estén y sus acciones ni estén vigiladas ni aseguradas, porque eso de estar tutelados es pura ficción.
No resulta procedente que las características estructurales de un Centro de Reforma permitan fácilmente a los menores fugarse y, en todo caso, en su interior la seguridad esté comprometida para los funcionarios o trabajadores del mismo. El buenismo, la negligente falta de recursos, la ausencia de adecuados planes de protección y la necesidad de revisión de las medidas penales y cautelares, nos empujan siempre en el desconocimiento o la indolente negación de una adecuada aplicación del consabido binomio libertad/seguridad, con las graves consecuencias que antes, ahora y después padecemos.
La prevención y la disuasión en seguridad, también con los menores, son fundamentales y todo lo que ocurre demuestra no solo el error sino la supina negligencia, desidia y responsabilidad de los políticos que tenemos, los gobernantes que sufrimos. No se puede evitar todo, pero si tratáramos de hacer un esfuerzo para no tropezar en la misma piedra, algo habríamos avanzado. “Fiarse de todo el mundo y no fiarse de nadie son dos vicios. Pero en el uno se encuentra más virtud, y en el otro, más seguridad», Lucio Anneo Séneca.
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