Vox pide al juez imputar al socialista Cabrera por sus «contradicciones» en su polémica en un restaurante

El delegado de Gobernación del Ayuntamiento de Sevilla, Juan Carlos Cabrera (Europa Press).
El delegado de Gobernación del Ayuntamiento de Sevilla, Juan Carlos Cabrera (Europa Press).

Las contradicciones en la polémica en un restaurante de Sevilla del delegado de Gobernación del Ayuntamiento de la capital hispalense, el socialista Juan Carlos Cabrera, han propiciado que Vox haya pedido al juez que instruye el caso la citación en calidad de investigado de Cabrera.

Vox ha presentado este lunes un escrito de alegaciones en el juzgado de instrucción número 13 de Sevilla por el ‘caso 6 de enero’ debido a “las evidentes contradicciones” que se reflejaron en el informe presentado por el Superintendente Jefe de la Policía Local, D. José Medina Arteaga, así como los informes emitidos por el Subinspector S-1178 y de la Unidad Línea Verde, todos ellos con fecha de 12/04/2021.

Fundamentalmente a tenor de la versión «completamente diferente» aportada por D. Francisco José Pérez España, Subinspector S-1178, quien sí asegura que el dispositivo se puso en marcha tras recibir una llamada a las 14:30 horas para un requerimiento por parte del Intendente J10, debido a que “al parecer el Delegado había tenido una incidencia en dicho establecimiento”.

A tenor de dicho informe, y a fin de esclarecer los hechos, Vox solicita que se libre oficio a la Policía Local de Sevilla solicitando Informe de las actuaciones realizadas por la Policía Local en los tres meses anteriores al 06/01/2021, en casos similares al suceso, a fin de comprobar la proporcionalidad real del despliegue realizado al restaurante ‘Princi.Pico’.

También exige Vox que se libre oficio a la Policía Nacional solicitando Informe de actuación y efectivos de la Policía Nacional que participaron en este aviso, en relación con el suceso ocurrido en el Restaurante el Princi-Pico el día 06/01/2021.

Así mismo, Vox pide que ee acuerde tomar en declaración en calidad de testigo al Sr. Superintendente Jefe de la Policía Local de Sevilla, Don José Medina Arteaga; a los Agentes de Policía Local de Sevilla, con TIP PL 272 y PL 535 y en calidad de investigado a Don Juan Carlos Cabrera Valera, Teniente de Alcalde, Delegado de Gobernación a fin de que se aclaren todas las contradicciones existente entre sus manifestaciones iniciales y lo descrito en el informe emitido por El Superintendente Jefe de Policía Local Don José Medina Arteaga.

A tenor de dicho informe, Vox considera “falsa” la aseveración de Medina Arteaga en su declaración acerca de “que el suceso se genera por la recepción de una activación por parte de Emergencias 112 Andalucía”.

Recuerda el escrito del grupo político que la llamada al 112 se produce a las 14:44 horas, denunciando la alertante presencia de “1.000 clientes”. “Queda claro que realizó una alerta falsa e injuriosa con ánimo de dañar y perjudicar al establecimiento”, asegura el escrito de Vox.

Las alegaciones también recuerdan que el Superintendente Jefe desvela una conversación telefónica con Juan Carlos Cabrera a las “14:30 horas”, en la que éste le relata el incidente personal en el ‘Princi.Pico’. Vox recuerda cómo “el Sr. Cabrera, el Teniente de Alcalde, en un principio, en el escrito que dirigió a este Juzgado a través de su representación procesal, negó categóricamente que esta conversación con el Superintendente se hubiera producido”.

Y a su vez, refuerza cómo el Superintendente reconoce que “con motivo de esta conversación, le pidió que esperase en el lugar mientras comunicaba lo ocurrido al responsable del turno para recibirle la denuncia voluntaria por esta negativa y que comprobase que el citado establecimiento poseía hojas de reclamaciones”. Unas afirmaciones que presuntamente confirman cómo “por esta llamada del Sr. Cabrera al Superintendente (y no por el aviso al 112) por la que éste contacta con el Intendente J-10 (2o Jefe del Turno), y se envía a un patrullero y un Subinspector al lugar para comprobar lo ocurrido”.

Se encuentra aquí una “clara relación causal por una cuestión ocurrida en su esfera privada y familiar”, activando “una respuesta desproporcionada e inmediata, siendo clara la influencia y abuso de poder como Delegado de Seguridad, por lo que incurriría en un claro caso de prevaricación y abuso de poder”.

El escrito de Vox recuerda que el dueño del ‘Princi.Pico’ sí cumplió la normativa Covid para el 6 de enero y considera “alarmante” que “por una cuestión familiar” del señor Cabrera el Superintendente “se ponga a comprobar el número de comensales que podían estar sentados en una misma mesa el día 6 de enero”.

Por otro lado el escrito también recuerda cómo se sucedieron los movimientos del despliegue de forma cronográfica: “A las 14:47 horas: el Intendente J-10 solicita se envíe a los efectivos de la Unidad Línea Verde, para atender el requerimiento de la misma naturaleza del que nos ocupa. Que a la vista de esa llamada, el operador de Policía Local comprueba que en el Terminal del 112 hay un incidente que pudiera estar relacionado, pero aún sin recepcionar por parte de la Policía Local”.

“A las 14:49 horas: consta aceptado por la Policía Local de Sevilla y se genera el suceso antes citado en el sistema del Centro de Control de Policía Local con referencia 21/0466161”. Bajo esta descripción se pregunta Vox: “¿Si la llamada del 112 no se acepta hasta las 14:49 como es que a las 14:47 horas el J10 solicita que se envíen efectivos de la línea verde?”. Llegando a la siguiente conclusión: “Porque lo que pone en marcha el dispositivo es la llamada de las 14:30 horas del Sr. Cabrera al Jefe de la Policía Local”.

Por si esto fuera poco “a las 14:50 horas consta en el incidente una anotación de la Policía Nacional indicando que envían a dos patrulleros al lugar”. Su conclusión fue que “no había 1.000 personas ni incidente alguno. Se marcharon”. Por tanto, Vox considera palpable que todas estas actuaciones fueron posteriores a la que motivó la actuación de la Policía Local, que no fue otra que la llamada efectuada a las 14:30 horas por el Sr. Cabrera, el Teniente de Alcalde.

Para finalizar, Vox entiende que los testimonios de Medina Arteaga son “inciertos” y “reflejo de la sumisión a su subordinado”, indicando que el Superintendente “debe estricto cumplimiento al Código Deontológico del Cuerpo del que forma parte, en el sentido de exponer los hechos de manera objetiva e imparcial sin realizar juicios de valor”. Valores que, bajo el punto de vista de Vox, «no se cumplen» tras la intención del Sr. Medina de “descargar al señor Cabrera de toda responsabilidad en la prosecución de los hechos” tras asegurar en el informe que éste “no promovió ni sugirió la activación de tal dispositivo”.

Todo ello se une al detallado informe de efectivos empleados en el despliegue que desvela una “proporcionalidad inverosímil e increíble” para la parte demandante. Y también a la versión completamente diferente aportada por D. Francisco José Pérez España, Subinspector S-1178, quien sí asegura que el dispositivo se puso en marcha tras recibir una llamada a las 14:30 horas para un requerimiento por parte del Intendente J10 debido a que “al parecer el Delegado había tenido una incidencia en dicho establecimiento”.

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