Interalmería TV

Multa de 300 euros a la televisión pública de Almería por llamar «ministro primate» a Óscar Puente

La JEC considera los hechos constitutivos de "infracción", no delito, y aplica la multa mínima a Interalmería TV

Óscar Puente
El ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente. (Foto: EP)
David García de Lomana

La Junta Electoral Provincial (JEP) ha impuesto una multa de 300 euros a la televisión pública local de Almería, donde un presentador se refirió al ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente, como «ministro primate». El episodio, que motivó un recurso del PSOE, tuvo lugar el pasado 22 de mayo en el programa La Tertulia de Interalmería TV.

La resolución, contra la que cabe recurso, ha tenido en cuenta las alegaciones de la cadena pública para concluir que los hechos son constitutivos de una «infracción» sin llegar a ser considerados delito, de modo que aplica la multa mínima al ente televisivo. Con su pronunciamiento, emitido este martes, la Junta Electoral de Almería resuelve el expediente iniciado a instancias de la Junta Electoral Central (JEC), que el pasado 4 de junio estimó parcialmente un recurso del PSOE ante su queja por la emisión.

Según explicaba la JEC en su acuerdo, el PSOE acudió a la Junta Electoral de Almería al entender que dicho programa, «en su contenido y en su editorial, careció de objetividad, fue tendencioso y partidista respecto del presidente del Gobierno e incluyó insultos al ministro de Transportes», lo que, en opinión de los socialistas, «supuso una vulneración del artículo 66» de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (Loreg).

La JEP desestimó inicialmente la reclamación del PSOE por entender que «tratándose de una tertulia no atenta contra ninguna dignidad, entra dentro del ámbito político y dentro de la libertad de expresión e información».

No obstante, la JEC sentenciaba que aunque «la crítica política en esos programas es legítima, aunque sea ‘hiriente, molesta o desabrida’, conforme a la jurisprudencia constitucional», el límite de la misma «se encuentra en el insulto o la utilización de expresiones vejatorias, que sean ofensivas u oprobiosas o resulten impertinentes para expresar las opiniones de que se trate».

«Ministro primate»

Concretamente, el presentador del citado programa dio paso a un vídeo diciendo: «Vamos a escuchar este momento del ministro primate del Gobierno de España, Óscar Puente».

Al respecto, la JEC explicó que «el Diccionario de la Real Academia Española incluye como segundo significado del término ‘primate’, el ser ‘personaje distinguido, prócer’, derivado de su origen etimológico», pero reconoce que, «en el lenguaje ordinario, la utilización de este término referido a una persona tiene un indiscutible carácter vejatorio».

«Se da además la circunstancia de que quien lo pronunció fue el director del programa y no sus invitados», por lo que la JEC consideró que «la utilización de esta expresión (…) supuso una vulneración del principio a la neutralidad informativa exigido durante los periodos electorales a los medios públicos por el artículo 66 de la Loreg».

Por ello, la JEC estimó el recurso en este punto, «así como la revocación del acuerdo de la Junta Electoral Provincial de Almería, devolviendo el expediente a ésta para que proceda a la apertura del correspondiente expediente sancionador». Asimismo, la Junta Electoral Central también resolvió que Interalmería TV debía además «retirar esa expresión de cualquier reproducción del programa en las redes sociales o en cualquier otro lugar».

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