¿Cuántas horas tengo para votar si trabajo el día de las elecciones de Andalucía 2026? La administración responde
Las horas que tienes libres para ir a votar si trabajas este domingo
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El domingo 17 de mayo se celebran elecciones en Andalucía y aunque muchos andaluces podrán acercarse a su colegio electoral asignado dado que el domingo es festivo para ellos, también los hay que van a tener que trabajar al pertenecer a sectores profesionales como la hostelería, el transporte, los comercios o también el sanitario. De este modo, es posible que vayan a votar antes de entrar a trabajar, durante un descanso o incluso que quieran salir con prisa del turno que tengan. Sin embargo, en caso de jornada electoral es posible disponer de unas horas libre tal y como señala el BOJA de la Junta de Andalucía.
Todo aparece como decimos, recogido en el decreto publicado estos días en el BOJA, donde además se detallan los permisos para ser miembros de mesa, apoderados y qué hacer en el caso de las personas que hayan decidido votar por correo. Pero en lo que respecta a las horas libres para votar en caso de tener que trabajar durante las elecciones de Andaluza, no existe un único permiso igual para todo el mundo. En algunos casos podrán ausentarse cuatro horas y en otros directamente no corresponderá ninguna. La diferencia depende del tiempo que coincida el horario de trabajo con el horario de votación del domingo, que irá desde las 9:00 hasta las 20:00 horas.
Cuántas horas tengo para votar si trabajo el día de las elecciones de Andalucía 2026
La Junta de Andalucía ha establecido varios tramos horarios para determinar cuánto tiempo puede ausentarse un trabajador de su puesto sin perder salario. La clave está en calcular cuántas horas coincide el horario laboral con el tiempo que permanecen abiertos los colegios electorales.
Así quedan los permisos retribuidos:
- Si el horario laboral coincide más de 6 horas con el horario de votación, corresponden 4 horas de permiso.
- Si la coincidencia supera las 4 horas pero no llega a 6, el trabajador tendrá derecho a 3 horas.
- Cuando la coincidencia sea de entre 2 y 4 horas, corresponderán 2 horas.
- Si el trabajo coincide menos de 2 horas con la apertura de los colegios electorales, no habrá permiso.
Es decir, alguien que trabaje gran parte del domingo podrá disponer de varias horas pagadas para acercarse a votar, mientras que quienes tengan un turno corto quizá no entren dentro de los supuestos recogidos por la norma.
La empresa puede organizar la hora de salida
Aunque el permiso está reconocido oficialmente, eso no significa que cada empleado pueda marcharse cuando quiera. La empresa tiene margen para organizar esos tiempos y decidir en qué momento el trabajador puede ausentarse para ir a votar. Esto suele ocurrir especialmente en comercios, bares, hospitales o servicios con turnos, donde las salidas deben coordinarse para no dejar descubierto el puesto de trabajo.
En cualquier caso, el permiso es retribuido. La empresa no puede descontar dinero de la nómina ni obligar después a recuperar esas horas utilizadas para ejercer el derecho al voto.
Qué pasa si vas a votar por correo
El decreto publicado por la Junta también habla de las personas que hayan optado por el voto por correo porque trabajan lejos de casa o tienen dificultades para acudir presencialmente el domingo electoral. En esos casos también existen permisos retribuidos para realizar los trámites necesarios en Correos, tanto para pedir la documentación como para enviar posteriormente el voto. Aquí el cálculo funciona de manera parecida, aunque tomando como referencia el horario de apertura de las oficinas postales.
Los miembros de mesa electoral tienen condiciones especiales
Quienes hayan sido elegidos presidente, vocal o interventor de una mesa electoral tendrán permiso retribuido durante toda la jornada del domingo si ese día debían trabajar.
Además, podrán reducir cinco horas su jornada laboral del lunes 18 de mayo, siempre que acrediten que participaron en la mesa electoral durante las elecciones. La Junta también recoge otra medida que suele pasar desapercibida. Si la persona trabaja en turno de noche justo antes de las elecciones, la empresa deberá cambiarle el horario para que pueda descansar antes de acudir a la mesa.
Los apoderados también tendrán permiso el domingo
Los apoderados de los partidos políticos contarán igualmente con permiso retribuido durante toda la jornada electoral si les coincidía con su horario laboral. Eso sí, en este caso el decreto no contempla la reducción de cinco horas al día siguiente, una medida reservada únicamente para quienes forman parte de las mesas electorales.
Todas estas medidas aparecen recogidas en el Decreto 81/2026 publicado por la Junta de Andalucía en el Boletín Oficial autonómico. El objetivo, según explica la propia administración, es facilitar que cualquier trabajador pueda ejercer su derecho al voto aunque tenga obligaciones laborales durante el domingo electoral.
Cada elección suele generar dudas similares entre empleados y empresas, sobre todo en sectores donde se trabaja los fines de semana, pero con la publicación en el BOJA ya podemos saber exactamente como van a ser estos permisos durante las elecciones andaluzas del 17 de mayo de 2026.