El abogado del yihadista de Algeciras dice que no hubo finalidad terrorista y que fue un «delito común»
La Audiencia Nacional hará un examen psiquiátrico al yihadista de Algeciras para saber si es imputable
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El grito del yihadista de Algeciras cuando fue detenido: «¡Lo merecían, la auténtica fe es Alá!»
El abogado de Yassine Kanjaa, el yihadista de Algeciras (Cádiz) que asesinó a un sacristán dejó heridas varias personas, ha presentado un recurso en el que pone en duda que hubiera una finalidad terrorista y considera que sus actos deben catalogarse como «delitos comunes».
Así lo confirman fuentes jurídicas que han tenido acceso a ese escrito, y apuntan que, además, la defensa interesa también que se realice un examen forense psiquiátrico al marroquí de 25 años por si pudiera sufrir algún trastorno mental que afectara a su imputabilidad.
No obstante, y tras conocerse que el magistrado de la Audiencia Nacional encargado de la instrucción, Joaquín Gadea, ha solicitado ya esa diligencia, es probable que la defensa se conforme con el informe de los forenses de las Audiencia Nacional.
Para rebatir esa finalidad terrorista -que comporta penas tan graves que podrían conllevar incluso la prisión permanente revisable-, la defensa se apoyaría en que es poco probable que en tan solo un mes una persona pueda radicalizarse y convertirse en un fanático hasta el punto de convertirse en un terrorista.
Además, en ese escrito se argumentaría que Yassine Kanjaa siempre ha negado pertenecer a una organización terrorista, incluido Estado Islámico, y de hecho los ha llegado a calificar de violentos. Además sostiene que él habría estudiado religión por su cuenta y que se hizo más religioso en el último mes antes de que se produjera el ataque.
Por otro lado, en ese mismo escrito, presentado después de que el juez acordara la prisión preventiva sin fianza, la defensa solicita la libertad para su patrocinado, o en su caso que se acuerden unas cautelares para que pueda salir de prisión como la retirada del pasaporte o la obligación de comparecencias periódicas en los juzgados.
Cabe recordar que este pasado martes, el instructor interesó, además de ese examen psiquiátrico por parte de dos médicos de la clínica forense de la Audiencia Nacional -siempre que el investigado consienta-, una serie de diligencias como solicitar que le remitan el informe médico forense de la autopsia realizada al sacristán asesinado. También acordaba citar como testigos a 16 personas, entre ellas las que resultaron heridas en el ataque del pasado miércoles en Algeciras, a quienes se les realizará el ofrecimiento de acciones como perjudicados.
El juez sostiene que es yihadismo
Fue el pasado lunes cuando Yassine Kanjaa fue puesto a disposición judicial, y el juez decretó prisión atribuyéndole los delitos de asesinato y lesiones con fines terroristas. Además indicaba que la actividad desarrollada por el detenido se podía calificar como un ataque yihadista dirigido tanto contra sacerdotes que profesan la fe de la Iglesia Católica como contra musulmanes que para el investigado no siguen los preceptos del Corán.
Sostenía además que las acciones violentas las realizó para producir de manera consciente e intencionadamente el mayor daño posible, manteniendo en todo momento el control de la situación. Y apuntaba que de las dos declaraciones que ha prestado, ante la policía y en el propio juzgado, salvo algunas contradicciones sobre elementos periféricos del relato, era capaz de reproducir en esencia los aspectos más importantes de su acción.
Relataba que la conducta del investigado fue consciente y que tenía definidos sus objetivos, teniendo la opción de causar unos daños mayores, focalizó su acción concretamente sobre los sujetos a quienes atacó, a los que eligió de forma deliberada.
Y explicaba que la primera de las acciones fue contra los sacerdotes, reconociendo que su intención era matar a todos los sacerdotes que se encontraban en la iglesia. En segundo lugar, indicaba el magistrado, centró su ataque contra un marroquí al que consideraba infiel, al creer que estaba ante un marroquí converso, por no practicar la auténtica religión, y al que agredió con intención de matarle.
Por todo ello, el magistrado consideró este lunes que el detenido se identificaba con un perfil de terrorista autoadoctrinado, que actuó de modo individual y no vinculado directamente con una organización terrorista en concreto, pero que, en definitiva, lleva a cabo su acción en nombre del fenómeno yihadista al que tantos se adhieren de forma remota, generando un ataque violento que causa terror en la sociedad y desestabiliza la paz social.
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