Condenado a 3 años de cárcel por intentar matar a tiros a un hombre: «Te voy a poner a bailar»
Le disparó hasta cuatro veces a la víctima mientras le gritaba “te voy a poner a bailar”
El condenado llegó a un pacto por los delitos de tentativa de homicidio y tenencia ilícita de armas
El condenado no entrará en prisión tras pagar 1.760 euros de multa
Un vecino de Alicante se libra de ir a prisión tras pactar con la Fiscalía una condena de 3 años de cárcel por intentar matar a tiros a otro hombre al grito de «te voy a poner a bailar». La justicia le suspende al condenado la entrada en prisión tras pagar una multa de 1.760 euros con la condición de no volver a delinquir durante el periodo de la condena.
El condenado por su parte ha reconocido un delito de tentativa de homicidio (le pegó un tiro en el hombro a la víctima) y otro de tenencia ilícita de armas. A cambio, se ha beneficiado de una reducción de la pena por el atenuante de dilaciones indebidas, ya que el juicio ha tardado años en celebrarse.
Los hechos ocurrieron durante la madrugada del 27 de mayo de 2021 en una calle de Alicante, cuando el condenado, con antecedentes por otros delitos, y el otro hombre, comenzaron una discusión por motivos que se desconocen durante la que el segundo empujó al primero.
Disparó cuatro veces y acertó una
En ese momento, el ahora condenado corrió hasta su vehículo, que tenía aparcado cerca, de donde regresó con una pistola con la que disparó hasta en cuatro ocasiones al perjudicado mientras le gritaba “te voy a poner a bailar”.
Una de las balas impactó en la espalda de la víctima cuando intentaba ponerse a salvo. La bala le atravesó el hombro y la víctima sufrió por ello heridas de las que tardó más de un mes en curarse.
Una pistola antigua de la Guardia Civil
La pistola que usó el agresor era una pistola Star que había sido el arma de dotación de la Guardia Civil y que llevaba troquelado el emblema de la Benemérita. El arma era ilegal y el acusado no tenía permiso de armas.
La sentencia, dictada tras un acuerdo entre las partes en el que el acusado reconocía los hechos y tanto defensa como acusaciones se mostraban de acuerdo con las penas, le impide comunicarse con la víctima por cualquier medio y aproximarse a menos de 500 metros de ella durante diez años.
El perjudicado fue indemnizado por el penado con anterioridad al inicio del juicio.
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