Madrid reduce los trámites administrativos para el funcionamiento de los centros sanitarios
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La Comunidad de Madrid va a publicar en su Portal de Transparencia el proyecto de Decreto por el que se modifican los procedimientos de autorización y registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios y se incorporan tres nuevas unidades asistenciales a que pueden ofrecer: Medicina Legal y Forense, Psiquiatría Infantil y de la Adolescencia y Banco de Oocitos.
El Consejo de Gobierno ha autorizado este miércoles a la Consejería de Sanidad para que el texto sea sometido a consulta pública previa, un trámite que permite la participación de ciudadanos y entidades interesadas, ha detallado el vicepresidente y consejero de Educación y Universidades, Enrique Ossorio, en la rueda de prensa posterior, que se ha celebrado de forma extraordinaria en Móstoles.
El nuevo documento recoge las modificaciones incluidas en las normativas europeas y nacionales encaminadas, fundamentalmente, a simplificar y agilizar procedimientos administrativos y a facilitar la libertad de establecimiento de sus prestadores.
La normativa pretende ampliar la vigencia de autorización de los centros sanitarios de 5 a 8 años, salvo para los centros y servicios de reproducción humana asistida y los establecimientos en los que se obtengan, se implanten o se almacenen tejidos, que se reduciría a 4 años.
Se refleja una disminución de las cargas administrativas, ampliando las tipologías en los que la renovación de autorización de funcionamiento se realice con la presentación de declaración responsable.
Se pretende, asimismo, que los bancos de gametos, embriones y tejidos deban contar con autorización previa de cierre y seguro obligatorio para compensar económicamente a las parejas en el supuesto de que se produjera un accidente que afecte a su crioconservación, cubriendo también los gastos derivados de la cesión a otro autorizado en caso de cese de actividad.
Asimismo, el nuevo texto normativo proyecta incorporar el servicio de terapia ocupacional en la asistencia sanitaria domiciliaria. Por último, se protegerán las historias clínicas de los pacientes cuando se produzca el cese de la actividad por parte del profesional, del centro, servicio o establecimiento sanitario.
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