Elías Castejón Hernández ha remitido una carta a este medio en ejercicio de su derecho de rectificación
En relación a la noticia publicada por este periódico bajo el titular ‘Dimite el jefe de la firma chavista que impulsó a Podemos tras pillarle OKDIARIO en los Papeles de Panamá’, el señor Elías Castejón Hernández hace llegar la siguiente rectificación:
«Ante dicha información, que considero inexacta y cuya divulgación me resulta gravemente prejudicial, me veo obligado, en uso del derecho que me otorga la Ley Orgánica 2/84, de 26 de marzo, a requerirle, en tiempo y forma, para que proceda a publica íntegramente la siguiente rectificación, en el plazo máximo de tres días, con relevancia semejante a la noticia que se rectifica, sin comentarios ni apostillas:
1º. Neurona Comunidad S.L., se constituyó el 19 de marzo de 2019 por dos socios:
– Don César Hernández Paredes
– Doña Andrea Edlin López Hernández
Ambos ciudadanos mexicanos y con NIE español en vigor, cuyos datos figuran inscritos en el Registro Mercantil de Sevilla.
Es incierta la información contenida en los artículos publicados conforme a la cual y refiriéndose a mi persona se dice:
– «constituyó el pasado 19 de marzo en su domicilio de Sevilla la sociedad Neurona Comunicación SL», pues quienes constituyen la sociedad son sus dos socios.
– «registró la empresa ‘Neurona Comunidad SL’ en su propia oficina después de depositar 3.000 euros» pues quien deposita el capital social son sus dos socios.
2º. Ambos socios, residentes en México, me nombraron administrador único de la mercantil para la gestión y llevanza de la sociedad en España desde la perspectiva legal, fiscal y contable. El nombramiento como administrador único lo fue hasta el día 14 de enero de 2020 conforme a la designación efectuada en la constitución por parte de los socios.
3. Mi cese como administrador único, se produce el día 15 de enero de 2020, autorizada por el Notario de Sevilla D. Bartolomé Martín Vázquez ese mismo día 15 de enero de 2020. Fecha que espiraba la designación realizada en la constitución de la sociedad. Y así consta en el Registro Mercantil de Sevilla.
4º. Mi actividad como administrador único de la mercantil es ajena por completo al desarrollo del objeto social al que se han dedicado sus socios. Lo cual es habitual en empresas constituidas por empresarios extranjeros para el desarrollo de la misma actividad que los mismos desarrollan en sus países de origen.
5º. Soy Abogado colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla, especialista en Asesoría Fiscal, Laboral y Contable. Mi actuación como administrador único de esta sociedad no difiere en nada de otras mercantiles en las que también he desempeñado o desempeño, el cargo de administrador único o miembro del Consejo de Administración.
6. Por lo anterior, no he sido (como se afirma expresamente en los artículos publicados):
– «fundador de la consultora que organizó las campañas de Podemos»
– «el representante legal de la consultora chavista»
– «alto cargo de Neurona en España»
– «el abogado sevillano que abrió las puertas de España a esta empresa»
– «jefe de la consultora podemita Neurona»
– «jefe de la firma chavista»
Soy un profesional liberal con más de 30 años de experiencia que ha desarrollado su actuación profesional, sin que Neurona Comunidad S.L. presentara especialidad alguna.
7º. No existe relación alguna entre la mercantil Neurona Comunidad S.L. y las sociedades panameñas Carmo Trasatlántico SA y Axacar Panamá, en cuya constitución intervine como profesional. La vinculación realizada por OK Diario es completamente artificiosa ya que ambas sociedades fueron constituidas en el año 2011 y 2012.
8º. No he sido «testaferro» en ninguna de las sociedades que he constituido o administrado profesionalmente, ni en España ni en Panamá. Como podrá confirmar el periodista autor de las informaciones, porque ha entrevistado a muchos de mis clientes, tengo un despacho de Asesoría Fiscal, Laboral y Contable, un magnífico equipo de diez personas y una trayectoria intachable de más de treinta años de trabajo incansable.
9º. No existió ilegalidad alguna relacionada con la constitución de las mercantiles Carmo Trasatlántico SA y Axacar Panamá.
10º. Panamá dejó de ser considerado un paraíso fiscal desde la entrada en vigor del Convenio entre el Reino de España y la República de Panamá para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y prevenir la evasión fiscal hecho en Madrid el 7 de octubre de 2010.
11º. Mi actuación profesional en modo alguno está vinculada con la comisión de un delito de financiación ilegal de partidos políticos, como la información publicada por OK Diario refiere.»
Temas:
- Caso Neurona