Así son las normas para los ‘megatrucks’ en España
Hace unos días os contábamos que los ‘megatrucks’ ya eran legales en España. Ya sabéis, esos mastodónticos camiones que pueden suponer un importante ahorro a la hora del transporte. Pero, como vehículos especiales que son, han de tener una normativa para ellos solos. Ésta ya ha llegado.
El primero de los requisitos que exige la DGT para este tipo de camiones es que no pueden superar los 25,25 metros de longitud, mientras que su masa máxima autorizada no superará las 60 toneladas en ningún caso. Además, será la propia DGT la que tenga la potestad de autorizar la circulación de este tipo de vehículos en cada caso concreto.
Los ‘megatrucks’ que circulen por España no solo serán enormes, sino que también tienen que disponer de una importante cantidad de tecnología a bordo de cara a ayudar a la conducción. Tendrán que contar con detectores de ángulo muerto, sistema de advertencia de abandono de carril o asistencia de mantenimiento del mismo, sistema electrónico de control de estabilidad y sistema automático de frenado de emergencia, entre otros.
De cara a la circulación en sí, los ‘megatrucks’ solamente podrán moverse por autopistas, autovías o carreteras convencionales con calzadas separadas para cada sentido. Solamente en el caso de que no haya alternativa podrán utilizar calzadas sin separación, siempre y cuando no existan fenómenos meteorológicos adversos que puedan suponer un riesgo para la circulación. Además, las operaciones de carga y descarga deberán realizarse en polígonos industriales, centros logísticos o áreas similares.
En cuanto a la velocidad máxima permitida, los ‘megatrucks’ podrán alcanzar los 90 km/h en autovías y autopistas, 80 en vías convencionales que tengan un arcén de metro y medio y 70 en el resto. En las vías de una sola calzada para ambos sentidos tendrá totalmente prohibido adelantar a los vehículos que circulen a más de 45 km/h, debiendo además llevar alumbrado de cruce o luces de conducción diurna.
Por último, dos señales luminosas V-2 estarán situadas en los extremos superiores de la parte frontal y posterior del mismo, los cuales servirán de identificación para estos ‘megatrucks’. También contarán con las señales V-6 de vehículo largo y el distintivo V-23 de señalización de su contorno, tal y como como sucede con el resto de vehículos de mercancías. Además, este tipo de vehículos estarán estarán sujetos a las restricciones de circulación que anualmente la DGT establece para los vehículos dedicados al transporte de mercancías.
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