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Giro en la norma para los dueños de perros y gatos: la UE te obliga a cumplir este requisito a partir de abril

Viajar con perros y gatos por la UE
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Los perros y gatos no son simples animales de compañía, sino un miembro más de la familia, y cada vez más personas deciden viajar con ellos. En los últimos años, se ha registrado un incremento significativo en el número de desplazamientos, y esto ha obligado a la Unión Europea (UE) a reforzar el control sobre las mascotas con una nueva normativa que entrará en vigor el 22 de abril. El objetivo es mejorar el control sanitario para que viajar con perros y gatos entre países de la UE sea más seguro.

Con esta normativa, las autoridades podrán comprobar fácilmente que las mascotas cumplen los requisitos exigidos por la Comisión Europea, reduciendo así el riesgo de propagación de enfermedades tanto entre animales como hacia las personas. Asimismo, todos los perros y gatos que viajen entre países de la UE deberán contar con un pasaporte europeo individual; en España, se suele emitir en la clínica veterinaria cuando se coloca el microchip, obligatorio según la Ley de Bienestar Animal.

Nuevas normas para viajar con perros y gatos en la UE

A partir del 22 de abril, el control sanitario y la identificación de perros y gatos que viajen entre países de la UE cambiarán de manera significativa, aunque el impacto en España será limitado. En 2026, la Unión Europea está formada por 27 países: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía y Suecia.

Bruselas ha actualizado la normativa y exigirá a todos los propietarios contar con un pasaporte europeo individual para sus mascotas en cualquier viaje no comercial dentro del territorio comunitario, reforzando además los requisitos en materia de documentación y salud. A partir de esa fecha, cualquier persona que quiera viajar con su perro o gato entre países miembros deberá llevar consigo este pasaporte, en el que deberá constar el número de microchip y la vacunación antirrábica en vigor, certificada por un veterinario autorizado.

En caso de no presentar la documentación requerida, el animal podrá ser retenido en la frontera, sometido a cuarentena o incluso devuelto a su país de origen. En España, además, el incumplimiento puede acarrear sanciones que oscilan entre los 10.001 y los 50.000 euros, según la Ley de Bienestar Animal.

Pasaporte europeo

La principal novedad es que todos los perros y gatos que viajen entre países de la UE deberán contar obligatoriamente con un pasaporte europeo individual. Esta medida, que entra en vigor el 22 de abril, forma parte de la actualización del Reglamento (UE) 2016/429, la normativa que regula la sanidad animal en la Unión Europea.

«El pasaporte europeo para animales de compañía es un documento de identificación que sigue un modelo estándar de la UE y es obligatorio para viajar entre países de la UE. El pasaporte europeo para animales de compañía (perros, gatos y hurones) solo se expide a los propietarios de animales de compañía que residan en la UE. Contiene una descripción y datos de tu animal de compañía, como son el código de su transpondedor o de su tatuaje, así como su historia clínica (por ejemplo, la vacuna antirrábica) y los datos de contacto del propietario y del veterinario que expidió el pasaporte.

El pasaporte europeo para animales de compañía de tu perro, gato o hurón lo puede expedir cualquier veterinario autorizado (autorizado por las autoridades competentes para expedir pasaportes para animales de compañía). El pasaporte para animales de compañía es válido siempre y cuando la información sanitaria (por ejemplo, la vacuna antirrábica) esté al día», detalla la web oficial de la Unión Europea.

Los datos que recoge el pasaporte son:

  • Descripción del animal (especie, raza, sexo, fecha de nacimiento, color)
  • Número de microchip homologado ISO 11784/11785 o tatuaje legible (sólo válido si fue aplicado antes del 3 de julio de 2011)
  • Registro de las vacunas contra la rabia (obligatorias) y otras vacunas
  • Tratamientos antiparasitarios, si son exigidos por el país de destino
  • Datos de contacto del propietario
  • Datos del veterinario autorizado que expidió el pasaporte

Control sanitario

El principal objetivo de las instituciones europeas es frenar el tráfico ilegal dentro del territorio comunitario. En este sentido, la trazabilidad que ofrece el nuevo pasaporte dificulta la circulación de animales sin un origen claro. Al mismo tiempo, la nueva normativa permitirá comprobar con garantías que cada animal cumple los requisitos zoosanitarios exigidos por el país de destino. Por otro lado, hay un aspecto fundamental antes de viajar: la vacunación contra la rabia. Será obligatoria y deberá administrarse por un veterinario autorizado al menos 21 días antes del viaje.

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