Investigación
'CASO JULIO IGLESIAS'

La Fiscalía «engañó» a Julio Iglesias: le negó acceso a la causa y dos días después interrogó en secreto a las denunciantes

La maniobra de la fiscal impidió que la defensa del cantante estuviera presente en los interrogatorios

La defensa de Julio Iglesias se siente «engañada» por la Fiscalía de la Audiencia Nacional tras impedirle ejercer su derecho constitucional a estar presente en las declaraciones de las denunciantes. Antes de archivar la causa, la teniente fiscal Marta Durántez denegó la personación del cantante alegando que sólo estaba examinando «competencia territorial» pese a que dos días después interrogaba en secreto a las acusadoras sobre el fondo de las supuestas agresiones sexuales.

La maniobra procesal ha indignado al equipo legal de Julio Iglesias, que considera que la fiscal tomó una resolución injusta para su cliente. Hay que recordar que el 19 de enero de 2026, la defensa de Julio Iglesias presentó un escrito solicitando la personación del cantante en la causa tras las denuncias de dos ex empleadas. El abogado José Antonio Choclán pedía formalmente tres cosas: ser designado como representante de Iglesias, acceder a las actuaciones y obtener copia de todo lo actuado.

Ese mismo día, la fiscal Marta Durántez dictó un decreto denegando la petición con un argumento aparentemente razonable pero que resultaría ser completamente falso: «No procede en el momento presente admitir la personación pretendida, habida cuenta que estamos en un momento inicial, en el que prima facie hemos de determinar la competencia de la Audiencia Nacional para conocer de los hechos denunciados».

Según la fiscal, sólo estaban examinando si España tenía jurisdicción sobre hechos ocurridos en República Dominicana y Bahamas. No iban a investigar el fondo del asunto, solo la cuestión territorial. Por tanto, la presencia de la defensa no era necesaria. Pero no era así.

Interrogatorios secretos del 21 y 22 de enero

Mientras la defensa de Julio Iglesias recibía ese decreto tranquilizador, la fiscal Marta Durántez ya tenía agendado para dos días después algo muy diferente: interrogar a las denunciantes sobre el fondo de las acusaciones.

El propio decreto de archivo, fechado el 23 de enero, lo reconoce sin pudor: «En fechas 21 y 22 de enero de 2026, se recibe declaración por medios telemáticos a los testigos protegidos números 1/2026 y 2/2016, respectivamente».

Es decir, la fiscal interrogó a las acusadoras el martes 21 y miércoles 22, apenas dos y tres días después de haber denegado la personación de Julio Iglesias alegando que no iba a «realizar pesquisas» sino sólo examinar competencia territorial.

¿Para qué necesitaba la fiscal tomar declaración a las denunciantes si solo iba a determinar competencia? La respuesta es obvia: no lo necesitaba. «La competencia territorial se determina con los hechos recogidos en la denuncia escrita, no con interrogatorios a testigos. Para saber si los hechos ocurrieron en República Dominicana o Bahamas no hace falta interrogar a nadie, basta leer la denuncia», afirman fuentes cercanas a Julio Iglesias. La maniobra de la fiscal impidió que la defensa del cantante estuviera presente en los interrogatorios.

Indignación de la defensa: «Nos mintieron»

Cuando el equipo legal de Julio Iglesias recibió el decreto de archivo del 23 de enero, descubrieron que la fiscal había interrogado a las denunciantes los días 21 y 22. La sensación de haber sido engañados fue inmediata.

«Nos mintieron», transmite con indignación el entorno del cantante. El abogado José Antonio Choclán ya había advertido de esta irregularidad en un segundo escrito presentado el 21 de enero, antes de conocer que ese mismo día se estaba tomando declaración a las acusadoras. En ese documento, Choclán lamentaba que «se desprende del decreto notificado que la Fiscalía no va a practicar diligencia alguna, sino solo comprobar a partir del propio texto de la denuncia (prima facie) la Jurisdicción de la Audiencia Nacional».

Choclán ya intuía que algo no cuadraba y advertía: «Siendo conscientes de la irrecurribilidad del decreto, nos reservamos el ejercicio de las acciones que procedan en solicitud del oportuno amparo constitucional de los derechos fundamentales que consideramos vulnerados».

La jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha establecido reiteradamente que el derecho de defensa exige que el acusado pueda estar presente y participar en todas las diligencias de prueba, especialmente en los interrogatorios de testigos de cargo.