El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña mantiene la acusación contra Quim Torra por desobediencia
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) no ha admitido la petición de recusación del magistrado que instruye la causa contra Quim Torra. Asimismo, el Tribunal ha confirmado el procesamiento del presidente catalán por un delito de desobediencia cuando decidió hacer caso omiso de la orden de la Junta Electoral Central y mantuvo los lazos amarillos en el Palau de la Generalitat en periodo electoral.
El TSJC ha informado este jueves de que no admitía a trámite la solicitud de recusación formulada por Torra, ya que ha juzgado que es un «notorio abuso de derecho que entraña, además, un fraude procesal perpetrado» para apartar de la causa al juez natural.
Considera en su auto, preguntado por Europa Press, el instructor Carlos Ramos que la recusación presentada el 8 julio de 2019 «no reúne todos los requisitos legales» para ser aceptada, por lo que la inadmite.
Asimismo, critica que se presente «con el objetivo de dilatar indebidamente la tramitación de la causa, como pone de manifiesto el hecho de que esté fundada, por un lado, en motivos imaginarios, ilusorios o arbitrarios, sobre los que no se aporta ni se ofrece principio de prueba válido».
Rechaza, como pide Torra, que las decisiones de la JEC puedan considerarse nulas de pleno derecho por falta de competencia ante el querellado.
El magistrado ha dicho que la firma del recusante no figura en el escrito presentado y que no aporta ni ofrece «principio de prueba alguno digno de dicha consideración en relación con los motivos que se aducen y la causa que se alega: el interés directo o indirecto en el pleito o causa».
Además, desestima el recurso de reforma contra el auto de transformación de procedimiento y confirma el procesamiento de Torra: afirma que al admitir la competencia de la JEC y, por tanto, el sometimiento de la Generalitat y de su presidente a sus decisiones y órdenes en materia electoral, incluidas las sancionadoras, «debe admitirse también, indiciaria, presunta y provisionalmente, que la JEC es autoridad superior».
La Fiscalía Superior de Cataluña ha pedido condenarle a una inhabilitación de un año y ocho meses por presunto delito de desobediencia en su escrito de acusación. Pide abrir juicio oral al presidente ante la Sala Civil y Penal, que ha instruido el caso, y condenarle por un presunto delito de desobediencia del artículo 410 del Código Penal, además de proponer multarle con 30.000 euros.
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