España
Crisis del coronavirus

El Supremo deriva a la Audiencia Nacional las peticiones de los policías por el coronavirus

La Sala Cuarta del Alto Tribunal ha considerado, por unanimidad y sin votos particulares, que no es competente para resolver la demanda presentada por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) contra el Ministerio de Sanidad y el de Trabajo.

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Un nuevo ‘No’ del Supremo a las peticiones de los policías al Gobierno para que decrete medidas de protección adecuadas a la crisis sanitaria del coronavirus. El Alto Tribunal ha hecho público este lunes un auto donde se declara incompetente para resolver la demanda presentada por el Sindicato Unificado de Policía (SUP) contra el Ministerio de Sanidad y el de Trabajo por sus responsabilidades en la exposición al contagio de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado durante la pandemia. La Sala Cuarta del Supremo considera que la acción iniciada por el SUP tiene que revisarla a la Audiencia Nacional.

El criterio de los magistrados es que corresponde a dicho órgano judicial pronunciarse sobre la solicitud de los policías: que sendos ministerios rectifiquen una parte del ‘Procedimiento de actuación para los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales frente a la exposición al SARS-COV-2’.

En el documento se establece una clasificación de «los diferentes escenarios de riesgo» a los que se pueden ver expuestos los trabajadores en España y donde los policías y guardias civiles quedan asignados al nivel más bajo de todos ellos, equiparándolos a quienes «no tienen atención directa al público o, si la tienen, se produce a más de dos metros de distancia, o disponen de medidas de protección colectiva que evitan el contacto (mampara de cristal, separación de cabina de ambulancia, …). Algo que es impensable en el caso de los agentes que continúan patrullando y practicando detenciones y custodias de presos.

Los abogados del SUP pidieron al Tribunal Supremo que declarase nulo el plan del Ministerio de Sanidad, y por extensión del Ministerio de Trabajo,  donde declara a los policías colectivo de «exposición de bajo riesgo».

El Supremo considera, sin embargo, que sólo le corresponde conocer de las demandas contra actos administrativos del Consejo de Ministros. Para el Alto Tribunal la reclamación del SUP se basa en un documento sobre Servicios de Prevención de Riesgos Laborales que, «ni es propiamente un acto administrativo, sino unas recomendaciones elaboradas con intervención de múltiples entes, públicos y privados», ni surge de una orden ministerial. Por ello, rechaza su competencia y la redirecciona a la Audiencia Nacional.

Unánime

La Sala Cuarta del Supremo ha tomado la decisión por unanimidad y sin votos particulares.

El Alto Tribunal afirma, sin embargo, que «es consciente de la emergencia en que nos encontramos y también de la labor decisiva que para afrontarla están realizando especialmente los profesionales» de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado afectados por la demanda. Además, reconoce que «deben contar con todos los medios necesarios para que su actividad, valiosísima, se desarrolle preservando su propia integridad física y salud. Y coincide en que se han de hacer cuantos esfuerzos sean posibles para que así sea».