El Supremo anula los incentivos salariales para la Guardia Civil por una chapuza burocrática de Marlaska
Más de 80.000 miembros del instituto armado se veían afectados por un sistema de productividades defectuoso

El Tribunal Supremo ha anulado íntegramente el sistema de incentivos al rendimiento para la Guardia Civil aprobado por el ministro del Interior, el juez en excedencia Fernando Grande-Marlaska, en una sentencia que supone un varapalo judicial al Gobierno y una victoria para la principal asociación profesional del cuerpo. El Ministerio debió aprobar esta reforma del sistema de retribuciones con una disposición general pero sin embargo, en una chapuza legislativa, lo hizo a través de una orden general que no tiene el rango suficiente para un cambio de este calado en las nóminas de los agentes.
Tal como adelanta OKDIARIO, la Sala Tercera del Alto Tribunal ha estimado el recurso de casación interpuesto por la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) contra la Orden General número 4, de 12 de febrero de 2021 y firmada por María Gámez, que regulaba los complementos salariales de productividad y las gratificaciones por servicios extraordinarios de los más de 80.000 miembros del instituto armado.
Los magistrados, con ponencia de Pilar Teso, consideraron que la norma constituía una «disposición de carácter general» que debería haber seguido un procedimiento de elaboración más riguroso, en lugar del trámite simplificado aplicado por la Dirección General de la Guardia Civil.
Incentivos anulados
El nuevo modelo retributivo partía de la premisa de que «las cuantías medias anuales de los distintos perfiles de perceptores no resulten en ningún caso inferiores a las que se les venían abonando, de forma que todos los miembros del Cuerpo puedan ver incrementada, en mayor o menor medida, la retribución de esta naturaleza que recibían».
La normativa introducía novedades como la creación de la Cuantía Vinculada al Empleo, «para evitar anclar esta referencia a un año determinado y otorgar la flexibilidad de actualización necesaria en función de los créditos disponibles». También regulaba seis modalidades de productividad por actividad extraordinaria que retribuían desde servicios de especial exigencia hasta la prestación del servicio en buques oceánicos.
El sistema derivaba de un Real Decreto de 2005 sobre retribuciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, que define el complemento de productividad como el destinado a retribuir «el especial rendimiento, la actividad y dedicación extraordinarias no previstas a través del complemento específico».
Defectos procedimentales
El Tribunal Supremo ha rechazado la tesis de la Abogación del Estado, que defendía que se trataba de un simple acto administrativo de gestión para «establecer las cuantías de los incentivos para los miembros de la Guardia Civil» sin carácter normativo.
Los magistrados han aplicado su jurisprudencia consolidada para distinguir entre actos administrativos y disposiciones generales: «Lo esencial de la norma reglamentaria o disposición general es que innova o modifica el ordenamiento jurídico, mientras que el acto dictado la Administración se limita a aplicar las normas al caso concreto».
La sentencia subraya que la Orden General «incorpora un contenido netamente normativo que se integra en el ordenamiento jurídico», evidenciado por su propia estructura con «preámbulo, descripción de su objeto, ámbito de aplicación, articulado, disposiciones adicionales, disposición transitoria, y disposición derogatoria».
Además, el propio texto se autoreferenciaba como norma en múltiples ocasiones: «habiendo sido informada esta norma por el Consejo de la Guardia Civil», «sistema general definido en esta norma» o «contra las resoluciones derivadas del procedimiento de gestión previsto en esta norma».
La resolución establece que «no hay categorías intermedias entre el acto administrativo y la disposición general», zanjando definitivamente la cuestión de la naturaleza jurídica de este tipo de órdenes.
Durante la tramitación, la orden había sido consultada con «todas las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de la Guardia Civil» y había recibido el informe preceptivo de este órgano, tal como exige la Ley Orgánica 11/2007. Sin embargo, esto no subsanó los defectos procedimentales detectados por el Supremo.
La AUGC había denunciado desde el principio la ausencia de trámites esenciales, como el informe de impacto por razón de género y la consulta al Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas, dado que la norma afectaba también al personal militar destinado en la Dirección General de la Guardia Civil.
Precedente jurisprudencial
Esta decisión se alinea con la doctrina fijada por el propio Tribunal Supremo en sentencias anteriores, como la de 19 de septiembre de 2022, que declaró nula otra orden general de la Guardia Civil sobre procesos selectivos de ascenso por idénticos motivos procedimentales.
El fallo supone un precedente que obligará a la Administración a ser más rigurosa en la elaboración de la normativa interna de las Fuerzas de Seguridad, especialmente cuando afecte a aspectos retributivos o de personal.
Con esta sentencia, vuelve a aplicarse la normativa anterior sobre incentivos, vigente desde 2014, hasta que la Dirección General apruebe una nueva regulación siguiendo el procedimiento reglamentario completo.
La decisión judicial afectará a la nómina de miles de funcionarios y evidencia las dificultades del Ejecutivo para articular reformas claves en el sensible ámbito de la seguridad pública. Se trata de otro varapalo a Marlaska con su maltrato a los agentes. Recientemente el Supremo también condenó al Gobierno por la discriminación salarial a la Policía Nacional en las jubilaciones anticipadas.