España
Delitos contra la libertad sexual

El ‘sólo sí es sí’ que propone el PSOE para el nuevo delito de violación no convence a los jueces

El cuarto Gobierno socialista de Felipe González defendió eliminar el término "violación" y rebajar las penas de los delitos sexuales para hacerlas "proporcionales" a otros delitos, como el homicidio.

El PSOE limó en 1995 el término «violación» y redujo las penas porque «la honestidad vale menos que la vida»

La reforma del Código Penal que el PSOE propone para actualizar los delitos sexuales no convence a los jueces. Fuentes jurídicas consultadas por OKDIARIO consideran innecesaria la modificación legislativa que incluye el programa electoral socialista más reciente: «Si una mujer no dice que sí», expresamente, «todo lo demás es no».

Entre sus medidas, Sánchez se compromete a dar un «adecuado tratamiento a la ausencia del consentimiento» de la mujer -«clave»- en el ámbito de las relaciones sexuales. «Garantizaremos que si una mujer no
dice que sí, todo lo demás es no», añade.

Algo que los magistrados consideran innecesario ya que la regulación de este tipo de conductas contra la libertad sexual, «ya incorpora» en el Código Penal vigente, la ausencia del consentimiento y la prestación viciada del mismo como sendos requisitos para los dos tipos previstos: el abuso y la agresión sexual.

Un único tipo 

En este último sentido, el PSOE se compromete a suprimir «el delito de abuso sexual, que no transmite adecuadamente el carácter coactivo inherente a todo comportamiento sexual que se impone a otra persona», para sustituirlo «por una tipificación» única «más clara y específica» adaptada a «cada caso». Algo que en opinión de las mismas fuentes supondría un retroceso en materia penal que les privaría de «herramientas eficaces» para el encaje jurídico de los hechos de esta naturaleza.

La reciente y polémica sentencia de ‘La Manada’ -y el periplo judicial de la misma- puso en el punto de mira del PSOE la reforma de una materia que fue objeto de amplio y extenso debate político, en sede parlamentaria, para la confección del actual Código Penal.

En 1995, bajo el Gobierno de Felipe González -siendo ministro de Justicia Juan Alberto Belloch- se aprobó una importante reforma legal que estableció, entre otras cuestiones una nueva tipificación de los delitos sexuales, más allá de la violación. Tal es así que, desde entonces, se da una gradación -que distingue entre los abusos y la agresión sexual- según la mayor o menor gravedad de los delitos y, en consecuencia, de las penas correspondientes.

Quince años

En el Diario de Sesiones del Congreso de los Diputados, de 28 de junio de 1995, se hace referencia a la intensa discusión mantenida entre los grupos parlamentarios sobre la terminología más adecuada para designar los delitos contra la libertad sexual de la mujer; con especial incidencia en la rebaja de las penas asociadas a los mismos.

«¿Vale más lo que usted llama honestidad que la vida?. Yo creo que no», afeó el diputado del PSC, Jover Presa, al diputado del Partido Popular encargado de defender la tesis contraria a la de la formación socialista. El PSOE, a través de Presa, rechazaba los argumentos que desde el PP esgrimían entonces para oponerse a la eliminación de la palabra «violación» y a la reducción de las condenas a los delincuentes sexuales.

«¿Le parece a usted poco quince años?. ¿Qué pretende usted, que castiguemos con más gravedad lo que usted llama violación que el homicidio agravado, el antiguo asesinato?. Yo creo que un valor superior al de la vida no lo podemos encontrar en nuestro ordenamiento», espetó Presa.