'CASO JULIO IGLESIAS'

Sánchez envía a la Abogacía del Estado contra Julio Iglesias para que no se le entreguen las denuncias ‘fake’

OKDIARIO accede al recurso de reposición interpuesto por la Abogacía del Estado

Julio Iglesias
Irene Tabera
  • Irene Tabera
  • Madrid (1996). Periodista de Investigación y Tribunales. Colaboradora en Telecinco, Cuatro y Telemadrid. Graduada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y máster en Televisión por la Universidad Católica de Milán. Anteriormente trabajó en Mediaset Italia. Contacto: [email protected]

Pedro Sánchez envía a la Abogacía del Estado contra Julio Iglesias para que no se le entreguen las denuncias fake que le pusieron sus ex empleadas en las que aseguraban que habían sido víctimas de una agresión sexual por parte del cantante.

Según un escrito de ocho páginas al que ha tenido acceso OKDIARIO, la Abogacía del Estado carga contra Julio Iglesias y se alinea con la Fiscalía para no entregarle las denuncias por la que se iniciaron diligencias preprocesales en la Audiencia Nacional. 

El abogado del Estado, que defiende a la Fiscalía de la Audiencia Nacional, ha enviado este recurso de reposición a la juez de la Audiencia Nacional que admitió a trámite la demanda de Julio Iglesias contra la Fiscalía para acceder a sus denuncias. El abogado del Estado expone en tres puntos los motivos por los que Julio Iglesias no debería, a su juicio, acceder a las denuncias que le pusieron.

En el primero de los motivos, el abogado del Estado aborda las causas de inadmisibilidad. Señala que, en el caso de Julio Iglesias, «el auto recurrido excluye expresamente pronunciarse sobre cualquier otra cuestión distinta de la inadecuación del procedimiento».

Y prosigue: «Por tanto, entiende esta parte que el auto recurrido ha de pronunciarse expresamente sobre las restantes causas de inadmisibilidad planteadas en el informe de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, de 13 de marzo de 2026. Se debe señalar la improcedencia del pronunciamiento contenido en el mismo sobre la adecuación del procedimiento». Es decir, si Julio Iglesias puede usar la vía de lo contencioso para este caso o no.

Falta de jurisdicción

En cuanto al segundo motivo, el Abogado del Estado alega que hay falta de jurisdicción. El representante de la Abogacía señala en su escrito que «el orden contencioso-administrativo carece de jurisdicción para el conocimiento y resolución del presente proceso; correspondiendo al orden penal o, su caso, civil». Sugieren así al cantante que presente un recurso, querella o denuncia a un juzgado por un caso que no ha llegado a judicializarse y se quedó en diligencias preprocesales de la Fiscalía.

El Abogado del Estado sostiene que el procedimiento del cantante Julio Iglesias no se puede estudiar por la causa de inadmisión prevista en el artículo 51.1. de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo.

Pide que vaya a la vía penal

Por último, el abogado del Estado señala como tercer motivo que, subsidiariamente, no es una actividad susceptible de impugnación en vía administrativa. El representante de la Abogacía considera, en línea con la Fiscalía, que Julio Iglesias debería acudir a la vía penal.

La juez de lo contencioso-administrativo, por el contrario, sí ha decidido iniciar el procedimiento para que Julio Iglesias pueda acceder a sus denuncias. Citó tanto a la Fiscalía como a la defensa del cantante, ejercida por el reputado penalista José Antonio Choclán, y le dio la razón al cantante.

Antecedentes

La juez Emilia Peraile Martínez, de la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Central de Instancia, ha sido la magistrada que ha admitido a trámite el recurso de Julio Iglesias, lo que ha desencadenado la respuesta de la Abogacía del Estado.

Previamente, la Fiscalía de la Audiencia Nacional había consultado a la Fiscalía General del Estado, cuya titular, Teresa Peramato, se posicionó en contra de la entrega de la documentación. A ella se sumó el fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Jesús Alonso, que elaboró un informe fechado el 13 de marzo de 2026 exponiendo las razones por las que el cantante no debería acceder al expediente.

El origen de todo el litigio se encuentra en unas diligencias de investigación preprocesal abiertas en la Audiencia Nacional a raíz de una denuncia presentada por dos ex empleadas del cantante que le acusaban de agresión sexual y trata de seres humanos.

Esas diligencias acabaron archivándose por falta de competencia, sin que Julio Iglesias ni su defensa hayan podido conocer su contenido. Según ha trascendido, la Fiscalía tomó declaración a las dos denunciantes por videoconferencia sin notificárselo al cantante ni a su equipo legal. El cantante no ha podido ver el vídeo de esas declaraciones incorporadas en el caso.

La defensa de Julio Iglesias considera que esa situación vulnera sus derechos fundamentales, en particular su derecho a la tutela judicial efectiva, ya que no puede valorar si las acusaciones vertidas contra él justifican acciones legales ulteriores, incluida una posible denuncia por denuncia falsa.

La paradoja procesal es evidente: el expediente se archivó sin que el investigado pudiera conocer su contenido, y la vía penal que le propone la Fiscalía para acceder a él resulta de difícil utilización precisamente porque fue él el investigado, no el denunciante.

La resolución de la Abogacía del Estado llega antes de que haya concluido el plazo de cinco días que la propia juez fijó para recurrir el auto de 30 de marzo. La juez de la Audiencia deberá ahora resolver si admite o rechaza el recurso de reposición, lo que determinará si el procedimiento especial de protección de derechos fundamentales sigue adelante o si Julio Iglesias se queda sin la única vía que, en la práctica, le permite saber qué dijeron de él quienes le denunciaron.

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