El nuevo código de las Cortes ni siquiera recomienda el «juro» o «prometo» para acatar la Constitución
El texto evita sugerir que no se realicen aquí soflamas contrarias al Estado de Derecho, como hablar de "presos políticos"
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El nuevo Código de Conducta de las Cortes Generales aprobado este jueves en una reunión conjunta de las Mesas de Congreso y Senado ni siquiera recomienda el uso de las fórmulas mínimas de «juro» o «prometo» a la hora de acatar la Constitución para la adquisición plena de la condición de parlamentario. Es decir, evita sugerir que no se realicen aquí soflamas contrarias al Estado de Derecho, como, por ejemplo, hablar de «presos políticos» (por los golpistas del 1-O), condenados por sedición por el Tribunal Supremo.
El texto ha salido adelante con los votos de PSOE, Unidas Podemos, PP y PNV y con el único rechazo de Vox, que tiene un puesto en la Mesa del Congreso (Ciudadanos carece de representación en los órganos de gobierno de sendas Cámaras). La formación de Santiago Abascal ha presentado una serie de enmiendas que no han sido aceptadas, de ahí su negativa a respaldar el nuevo código.
«Aspectos tales como la determinación expresa de la fórmula del juramento o promesa a cumplimentar en el momento de acceder a la condición de diputado y senador o el reforzamiento del principio de cortesía parlamentaria en los debates, la precisión del régimen de sanciones por el uso de modos o expresiones vejatorias dirigidas a otros parlamentarios, grupos políticos o instituciones del Estado son -junto a otras- algunas de las cuestiones principales que urge considerar y que sin embargo este texto ignora», defendió el vicepresidente cuatro del Congreso y diputado de Vox por Valencia, Ignacio Gil Lázaro.
En concreto, el nuevo Código de Conducta recoge en su artículo segundo, con el epígrafe ‘Principios’, que los miembros de las Cortes Generales «observarán los siguientes principios generales de conducta: integridad, transparencia, diligencia, honradez, responsabilidad y respeto, tanto a los demás miembros de las Cámaras como a la ciudadanía en general». A lo que el texto añade: «Así como con acatamiento y respeto a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico, especialmente a los Reglamentos de las Cámaras y a las resoluciones que los desarrollan».
Sin embargo, el código en ningún momento trata de rebajar la problemática de las fórmulas de acatamiento, que ha llegado hasta el Tribunal Constitucional (TC) tras las dos últimas constituciones de las Cortes, la de mayo de 2019 y la del pasado diciembre.
Admitidos a trámite
En relación con la de mayo, el Pleno del Constitucional ha admitido a trámite con una mayoría de ocho votos y la postura en contra de cuatro magistrados del sector progresista los recursos presentados por el PP y Ciudadanos contra el acuerdo de la presidenta del Congreso de los Diputados, la socialista Meritxell Batet, relativo a las fórmulas de acatamiento que utilizaron varios diputados de la mayoría Frankenstein, sobre todo separatistas y proetarras.
En aquella sesión constitutiva del 21 de mayo de 2019, los diputados de Esquerra y Junts, entre los que se encontraban el presidente de ERC, Oriol Junqueras, y otros tres presos del procés, prometieron la Constitución por imperativo legal y lo hicieron, además, «con lealtad» al «mandato» del referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017. Tanto el PP como Ciudadanos pidieron entonces a la Mesa de la Cámara que revisase una a una todas las fórmulas de acatamiento de la Constitución para certificar si se cumplió el trámite adecuadamente. Pero el órgano rector de la Cámara, con mayoría del PSOE y Unidas Podemos, se reafirmó en la posición de Batet de darlas por válidas.
En la constitución de las Cortes actuales, celebrada el pasado diciembre tras las elecciones del 10-N, se volvieron a escuchar soflamas contra la Justicia más allá del «juro» o «prometo», de modo que fue Vox en este caso la formación que presentó recurso ante el Constitucional contra un total 29 diputados de ERC, Bildu, JuntsxCat, CUP y Unidas Podemos.
Sentencia de 1990
La presidenta del Congreso se escuda en una sentencia del Tribunal Constitución de 1990 en la que se indica que añadir comentarios tras el «sí, juro» o «sí, prometo» no es motivo de invalidez. Sostiene de este modo que las sucesivas presidencias de la cámara han venido ejerciendo esta tarea «aceptando las fórmulas que no implicaran condición, reserva ni limitación» del acatamiento de la Constitución, conforme a la jurisprudencia del máximo interprete de la Carta Magna.
Se da la circunstancia de que aquella sentencia del TC fue sobre la coletilla «por imperativo legal» que electos de Herri Batasuna añadieron al «sí, prometo». Sin embargo, las soflamas que lanzaron en mayo y diciembre de 2019 varios diputados separatistas no pueden considerarse meros comentarios, ya que atacaron frontalmente al Estado de Derecho al hablar de «presos políticos» en alusión a los golpistas del 1-O, primero procesados y luego condenados.
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