La ley del referéndum no prevé el ‘censo universal’ ni la posibilidad de votar sin sobre
En Directo: Referéndum en Cataluña
El Govern implanta un censo universal: puede votar quien quiera cuantas veces quiera
La ley del referéndum aprobada por el Parlament el pasado 6 de septiembre no prevé en ninguno de sus puntos la posibilidad de un ‘censo universal’ para que los electores puedan votar en cualquier colegio, como el anunciado este domingo por el portavoz de la Generalitat, Jordi Turull. Tampoco está previsto votar sin sobres.
De hecho, el artículo 33 de la ley establece que el censo electoral «se ordena por secciones censales y cada elector está inscrito en una sección censal», de manera que «nadie puede estar inscrito en varias secciones ni varias veces en la misma sección».
Es más, la ley sí es precisa en lo relativo a los apoderados e interventores, de los que afirma que «solo pueden emitir el voto en la mesa que les corresponda de acuerdo con el censo electoral».
El artículo 28 establece que la circunscripción electoral es una sola, el territorio de Cataluña, dividida en cinco demarcaciones (Barcelona, Tarragona, Lérida, Gerona y Arán) que se subdividen a su vez en secciones electorales de entre 500 y 2.500 electores, con un mínimo de una por municipio.
Por otro lado, ni la ley ni el decreto de normas complementarias para la organización del referéndum prevén la posibilidad de votar sin sobre. El artículo 15 del decreto dice que las papeletas «se introducirán en un sobre blanco con unas especificaciones máximas de 111 x 156 mm, los cuales tendrán carácter oficial y serán confeccionados y distribuidos por la Administración Electoral del Gobierno de la Generalitat y supervisados por la Sindicatura Electoral de Cataluña».
Tanto la ley como el decreto de organización fueron suspendidos por el Tribunal Constitucional en el momento de la admisión a trámite del recurso que presentó el Gobierno.
Con todo, no es la primera vez que la organización del referéndum se salta lo dispuesto en estas normas. La ley establece que los vocales de la Sindicatura Electoral son «inamovibles» y, sin embargo, todos renunciaron a su cargo cuando el Tribunal Constitucional les impuso multas de 12.000 euros diarios.
Conforme a la ley, las sindicaturas electorales de demarcación debían «supervisar el traslado de la administración electoral de los paquetes electorales de los centros de logística electoral a las mesas electorales», acreditar interventores y hacer el reparto de espacios de publicidad electoral, entre otras funciones.
Tras la disolución de la Sindicatura, Turull también ha anunciado la creación de un ‘Grupo de académicos y profesionales para el seguimiento de la jornada del referéndum’ para supervisar si el referéndum de independencia se celebra con garantías.
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