Pablo Echenique asistente

La Seguridad Social ya puede exigir a Echenique que abone la multa de 11.040 € por pagar en B a su asistente

Pablo Echenique
El portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, Pablo Echenique, conversa con el secretario general del PSOE en el Congreso, Rafael Simancas, minutos antes de que de comienzo la Comisión de Presupuestos.

Vía libre para que Pablo Echenique abone su sanción por pagar irregularmente a su asistente personal durante más de un año. Tras el desestimiento del portavoz de Podemos en el Congreso de los Diputados de recurrir, el fallo ha adquirido firmeza y así se ha hecho saber al Juzgado que inició la causa.

Tal como confirman fuentes oficiales a OKDIARIO, este mes de noviembre el Tribunal Supremo ha dado traslado del caso de Madrid a Zaragoza, en concreto lo ha remitido al Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA). Este órgano, a su vez, ha enviado la decisión del Alto Tribunal al Juzgado donde se dictó la primera sentencia contraria a los intereses de Pablo Echenique, es decir, el Juzgado de los Social número 2 de Zaragoza que lidera la juez Itziar María Ochoa Cabello. De esta forma, se ha ratificado la sentencia que se limitaba a determinar que sí hubo relación laboral entre Echenique y el trabajador doméstico.

Ahora, la Tesorería de la Seguridad Social puede exigir a Pablo Echenique de manera firme los 11.040 euros de sanción impuestos como sanción. Como desveló OKDIARIO, el líder de Podemos en el Congreso desistió finalmente de recurrir su condena por no pagar la Seguridad Social de su asistente personal. Aunque inicialmente había recurrido por casación ante el Supremo la sentencia de la Sala Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), de septiembre de 2019, el dirigente de Podemos retiró el recurso antes incluso de su admisión a trámite, según confirmaron fuentes oficiales del citado tribunal.

Así, se confirma lo que la Inspección de la Seguridad Social aclaró en una investigación oficial ya a finales de 2016: Pablo Echenique había mantenido a un trabajador sin contrato ni Seguridad Social de forma irregular. Tras ello, este órgano demandó al político por, en concreto, no dar de alta ni cotizar por el trabajador en el Régimen General de la Seguridad Social dentro del Sistema Especial Empleados de Hogar entre las fechas del 16 de marzo de 2015 al 30 de abril de 2016 –cuando ya era cargo público por Podemos–. En otro periodo, entre septiembre de 2011 y junio de 2012, también se produjo la ilegalidad, pero la sanción se basa sólo en la segunda etapa, porque aún no había prescrito.

Tras la primera sentencia, la Sala Social del TSJA desestimó el recurso presentado por el dirigente de Podemos en enero de 2019. Esa resolución judicial exponía que el recurso presentado por Echenique «no demuestra el error probatorio de la sentencia de primera instancia» y que la relación del dirigente de Podemos con su asistente personal era laboral porque «no hay ninguna norma que excluya del ámbito laboral a dichos trabajadores».

Desde el entorno de Echenique se insiste una y otra vez que estamos ante una sentencia «injusta». Afirman que con este fallo se sienta un precedente que puede perjudicar a otros miles de asistentes de personas con dependencia. «Llegaré hasta donde haga falta», afirmó entonces el diputado. «Sería injusto que una sentencia firme abriera la puerta a sancionar a todas aquellas personas por hacer algo de sentido común y que avala la propia Ley de Dependencia», esgrimieron desde el entorno de Echenique.

Aseguraron que los jueces se podían volver a basar «en la misma premisa falsa que se arrastra desde el principio el proceso» es decir, que la prestación de servicios a un particular durante menos de una hora al día y no todos los días de la semana «es por fuerza una relación trabajador-empresa o trabajador-empleador». «El propio sentido común indica que esto no se sostiene, ya que, si fuera así, todo el mundo debería contratar laboralmente a los fisioterapeutas, a los masajistas o a los profesores particulares de matemáticas que prestan servicio a domicilio de manera intermitente pero más o menos regular y estos deberían firmar un contrato laboral con cada uno de sus clientes simultáneamente», pusieron como ejemplo.echenique-seguridad-social

Tuit premonitorio de Pablo Echenique en 2016.

El cuidador era el que tenía la obligación de tributar y de cotizar, sostenía Echenique para echar balones fuera. «Por ello la sanción administrativa sería nula por carecer de base», defendió.

Hechos probados

La parte de hechos probados del fallo judicial recoge que el político de Podemos recibía una prestación económica para cuidados en el entorno familiar. Primero tuvo a una empresa contratada por 11,40 euros/hora, más un 8 % de IVA. No obstante, un tiempo después, la empresa trasladó al hoy diputado que, tras un cambio de propietario, ya no iba a prestar servicios de ayuda a domicilio.

Entonces el dirigente morado y su auxiliar, Eduardo P.S., mantuvieron la relación en los mismos términos existentes hasta ese momento en cuanto a las actividades del asistente, sin la intervención de la compañía. Echenique le pagaba sin abonar la correspondiente cuota de la Seguridad Social al trabajador. Pagó a su auxiliar lo mismo que previamente, pero en efectivo.

Le pagaba 300 euros al mes sin documento justificativo de estos pagos. A pesar de que el asistente le trasladó que no pagaba la Seguridad Social, Pablo Echenique le decía que eso no era cosa suya, que era el empleado quien se tenía que dar a sí mismo de alta en la Seguridad Social.

 

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