Sentencia 1-O

José Manuel Maza analiza las claves de la sentencia del 1-O para OKDIARIO

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El abogado José Manuel Maza desglosa las claves de la sentencia del 1 de octubre. En la sentencia, los magistrados hacen alusión al delito de rebelión tipificado en el artículo 472 del Código Penal pero insisten en que ese «riesgo ha de ser real y no una mera ensoñación del autor o un artificio engañoso creado para movilizar a unos ciudadanos que creyeron estar asistiendo al acto histórico de fundación de la república catalana y, en realidad, habían sido llamados como parte tácticamente esencial de la verdadera finalidad de los autores.”

José Manuel Maza sostiene que, pese a que «la violencia ha quedado acreditada, esa violencia no tenía el elemento de la intencionalidad y la funcionalidad propia del delito de rebelión, sino que lo que se pretendía era tensar una situación política existente y abrir una negociación entre el Gobierno de la Nación y la Generalitat de Cataluña”.

El Tribunal Supremo se apoya en la tesis de que los incidentes violentos ocurridos en Cataluña durante el referéndum ilegal no fueran parte del plan diseñado para proclamar la independencia de Cataluña. La Sala considera que la exclusión del delito de rebelión está justificada por la ausencia del uso de la violencia como un instrumento del plan secesionista y por razones subjetivas.

En el fallo unánime del Alto Tribunal se condena a los líderes separatistas catalanes a un total de 99 años de prisión: 13 para Junqueras, 11 años y medio para Forcadell y 9 para cada uno de ‘los Jordis’ como autores de sedición en concurso medial con malversación.

José Manuel Maza: “el hecho de que hubieran existido votos particulares no hubiera supuesto una sentencia débil»

Maza ha puesto en valor la unanimidad de la sentencia y la transparencia con la que se ha llevado a cabo la causa. El hecho de que los siete magistrados a la hora de firmar y escribir esta resolución lo hagan de forma unánime demuestra que “están convencidos de que los hechos que han enjuiciado y la valoración de la prueba que se ha practicado supone un resultado como el que tenemos”, sostiene el abogado. Sin embargo, Maza insiste en que “el hecho de que hubieran existido votos particulares no hubiera supuesto una sentencia débil».

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