El homicidio imprudente por el que ha sido condenado Lanza conlleva un máximo de 4 años de cárcel
El jurado concluye que Lanza no actuó guiado por "el ánimo de causar la muerte" de Víctor Laínez sino que su intención "sólo" era lesionarle.
El jurado ha emitido su veredicto: Rodrigo Lanza es culpable de la muerte de Víctor Laínez. Sin embargo, considera que sólo debe ser condenado por homicidio imprudente. Un delito que en el Código Penal vigente está castigado con un máximo de 4 años de cárcel.
El antisistema actuó contra su víctima «por motivos ideológicos» y «discriminación» política pero no lo agredió con un objeto contundente -puño americano o mosquetón, como sostenía la Fiscalía- con la intención de matarlo. Tampoco ni se ensañó con él una vez que, como consecuencia del primer golpe, cayó desplomado. Fue el impacto de su cabeza con el suelo el que le causó la muerte.
Es decir, el jurado abre la puerta a que Lanza pueda ser condenado a un máximo cuatro años de cárcel y salir de prisión en apenas unos meses, dado que los dos que lleva en prisión provisional tendrán que descontarse del total de la pena. Además, una vez que haya cumplido tres cuartas partes de su condena Lanza podrá solicitar la libertad provisional.
Dentro de los tipos de homicidio recogidos en el Código Penal vigente, el homicidio imprudente, es el que recibe unas sanciones más leves. Está regulado en el artículo 142 del Código Penal y penado con entre 1 y 4 años de cárcel. El legislador entiende que cuando un agresor mata a otra persona sin tener conocimiento ni voluntad de causarle la muerte -es decir, sin existir dolo pero sí culpa o imprudencia- el reproche debe ser menor.
El tribunal dictará sentencia, la próxima semana, teniendo en cuenta las conclusiones del jurado y las alegaciones de todas las acusaciones: Fiscalía, la particular de su familia y la popular ejercida por Vox. La estrategia de la defensa de Lanza, basada en que el ataque fue, en realidad, una defensa «por miedo a perder la vida» no ha resultado creíble para los hombres y mujeres que integran el jurado popular.
Doce años la Fiscalía
Tras escuchar el veredicto del jurado, la Fiscalía ha modificado su escrito de acusación definitivo y solicita para Lanza una sentencia condenatoria y una pena de 12 años de prisión por un delito de lesiones graves -con dos agravantes genéricas de alevosía y motivación ideológica- en concurso ideal con un homicidio con imprudencia grave.
El Ministerio Público incluye, además, el carácter reincidente de Lanza que, en 2008, ya fue condenado por dejar tetrapléjico a un guardia urbano en Barcelona.
Aunque la decisión del jurado popular ha obligado a la Fiscalía a rebajar los los 25 años de cárcel que solicitó inicialmente, mantendrá su acusación por asesinato con la intención de recurrir la sentencia que el juez dictará la próxima semana. También el pago de los 150.000 euros de indemnización para su familia.
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