España
'Caso García Ortiz'

García Ortiz tendría que ser expulsado de la Carrera Fiscal al haber cometido un delito doloso

El Reglamento y Estatuto Orgánico de la Fiscalía disponen que al cometerse un delito doloso, se pierde la condición de fiscal

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, no sólo será inhabilitado a dos años por el delito de revelación de secretos que ha cometido contra el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, sino que esta condena supondría también su expulsión de la Carrera Fiscal para siempre.

Como consecuencia de la sentencia del Tribunal Supremo, García Ortiz perderá la condición de fiscal por haber sido condenado por un delito doloso. Es decir, sabiendo el delito en el que iba a incurrir y queriendo cometerlo. Su expulsión de la Carrera es un efecto directo del Reglamento del Ministerio Fiscal, en consonancia con lo que dispone también el Estatuto Orgánico (EOMF).

Esto mismo les ocurrió en su día a los jueces Javier Gómez de Liaño y Baltasar Garzón. En su caso, tras ser condenados por prevaricación fueron expulsados de la Carrera Judicial.

El Reglamento del Ministerio Fiscal recoge en el artículo 32 y siguientes las causas de pérdida de la condición de fiscal. El artículo 32 señala en el apartado d) que se pierde por haber sido condenado con «pena principal o accesoria de inhabilitación para cargo público o condena por delito doloso».

Además, el artículo 35 también indica que «la pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para cargo público determinará la pérdida de la condición de fiscal una vez que la sentencia condenatoria sea firme, con el alcance que en la misma se establezca».

Por su parte, el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal señala en el artículo 45 del capítulo III que están incapacitados para el ejercicio de funciones fiscales «los que hayan sido condenados por delito doloso, mientras no hayan obtenido rehabilitación».

Dicho precepto añade que «en los casos en que la pena no fuera superior a seis meses, el fiscal general del Estado, de forma motivada y atendiendo a la entidad del delito cometido, podrá sustituir la pérdida de la condición de fiscal por la sanción de suspensión de hasta tres años». Sin embargo, éste no es el caso de García Ortiz, ya que su condena es de dos años de inhabilitación y no por un delito imprudente, sino doloso.

10.000 euros por «daño moral»

El fallo del Supremo pone de manifiesto que la Fiscalía ha estado gobernada por una persona que cometió un delito en mayo de 2024. Una sentencia histórica: primer fiscal general del Estado condenado.

Además de la inhabilitación, García Ortiz tendrá que indemnizar con 10.000 euros al novio de Ayuso, Alberto González Amador, por los «daños morales» de la filtración de un correo para atacar políticamente a la presidenta de la Comunidad de Madrid. También tendrá que hacer frente a una multa de 7.200 euros.

El fallo ha salido adelante con los votos de la mayoría del tribunal: cinco magistrados a favor de la condena -Andrés Martínez Arrieta, Manuel Marchena, José Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Carmen Lamela- y dos en contra, de las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo.

El Gobierno de Pedro Sánchez «no comparte» la sentencia del Supremo, pero ha anunciado que nombrará a un nuevo fiscal general del Estado «en los próximos días». Por su parte, la presidenta de la Comunidad de Madrid ha señalado a Sánchez por su defensa al fiscal y ha destacado, dentro de este «éxito sin precedentes para la democracia», que «hoy todo el mundo sabe lo que está pasando en España».

En un mensaje publicado en las redes sociales y que ha compartido también en inglés, Díaz Ayuso ha subrayado que «toda la prensa internacional recoge el fallo del Supremo», alegando que «no se concibe en una democracia libre utilizar los medios del Estado para hacer política delinquiendo, y todo a costa de un particular», su novio.