Corinna: «Juan Carlos ha desplegado todo su arsenal para desgastarme y su poder es inmenso»
El Rey Juan Carlos I no puede ser juzgado en Reino Unido
Corinna: "Estoy profundamente decepcionada por el resultado de este caso en el Tribunal Superior de Inglaterra"
El Tribunal Superior de Inglaterra y Gales ha concluido que el Rey emérito Juan Carlos I no puede ser juzgado en Reino Unido por la demanda por presunto acoso, que presentó su ex pareja Corinna Sayn-Wittgenstein. Una mala noticia para Corinna, quien ha asegurado que está «profundamente decepcionada» porque «Juan Carlos ha desplegado todo su arsenal» para desgastarla, ya que «su poder es inmenso».
«Estoy profundamente decepcionada por el resultado de este caso en el Tribunal Superior de Inglaterra. Es desalentador ver que las víctimas de acoso a menudo luchan por encontrar justicia en nuestro sistema jurídico. El acoso tiene un impacto profundo y duradero en las personas, y es crucial que nuestros procesos legales proporcionen unos recursos adecuados a quienes lo hayan sufrido. La intimidación y el acoso hacia mí y mis hijos continúan y tienen como objetivo destruirme por completo. Juan Carlos ha desplegado todo su arsenal para desgastarme y el alcance de su poder es inmenso. Estoy considerando todas las opciones disponibles», asegura la princesa alemana tras conocer la noticia.
Demanda a Juan Carlos I
La ex pareja de Juan Carlos I, Corinna Sayn-Wittgenstein, le reclamaba al Rey emérito 126 millones de libras (unos 146 millones de euros) en concepto de daños y perjuicios por presuntamente amedrentar, amenazar e intimidarla desde 2012. Hay que recordar que Corinna aseguró a OKDIARIO en exclusiva mundial que llegó a «temer por su vida» tras la persecución a la que la sometió, según ella, el ex director de los servicios de Inteligencia, Félix Sanz Roldán. El escrito revela que, por las presuntas conductas de acoso que Juan Carlos o sus «agentes» habrían llevado a cabo contra la empresaria, Corinna reclama una suma de 126 millones de libras (unos 146 millones de euros).
Inmunidad de Juan Carlos I
Uno de los principales argumentos que manejaba la defensa es que los tribunales de Reino Unido no son los competentes para conocer de esta demanda. Y así finalmente, fundamentando la conclusión de la sentencia en el artículo 4 de la regulación de la UE sobre jurisdicción, el cual establece que las personas domiciliadas en un Estado miembro, independientemente de su nacionalidad, deben ser demandadas ante los tribunales de ese país.
Los abogados expusieron en su escrito que dicha regulación comunitaria operaba en este caso concreto porque se inició antes de que acabara el periodo de transición para el Brexit, fijado hasta el 31 de diciembre de 2020.
Así, insistieron en que los tribunales españoles eran los competentes para ocuparse de la demanda de la princesa alemana. A ello, añadieron que «la cuestión clave» era si, en relación con los supuestos actos de acoso, Reino Unido era el lugar donde se produjo el presunto evento dañino o el daño directo, algo que, según apuntaron, los abogados de Larsen no habían demostrado.
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