El Constitucional da la razón al Supremo: hubo sedición y rechaza el recurso de Turull contra la condena
El pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado este miércoles el recurso presentado por el ex consejero catalán Jordi Turull, pero, por primer vez, no ha habido unanimidad en la decisión. Turull había sido condenado por el Tribunal Supremo a un pena de 12 años de cárcel por los delitos de sedición y malversación en el juicio del ‘procés’ independentista en Cataluña. Así, ahora, y tras validar el Constitucional la condena, la única salida de Turull es acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.
La decisión no ha sido unánime, pues ha contado con siete votos a favor y dos en contra. Los progresistas Juan Antonio Xiol y María Luisa Balaguer han sido los que se han mostrado contrarios a la decisión de avalar la condena del Tribunal Supremo.
La decisión sobre la condena de Jordi Turull es la primera sentencia que el Tribunal de Garantías dicta en relación con las condenas de sedición impuestas por el Alto Tribunal. Anteriormente a esta sentencia, el Constitucional ya había rechazado los recursos, por unanimidad en sendas resoluciones, de otros dos ex consejeros, Meritxell Borrás y Carles Mundó, si bien en ambos casos la condena era menor, por un delito de desobediencia.
La sentencia, cuyo ponente es el magistrado Pedro González-Trevijano, considera que el tipo penal del delito de sedición, aplicado por el Alto Tribunal a los condenados, no adolece de un grado de vaguedad que impida su aplicación y que, por tanto, el Supremo no ha llevado a cabo una aplicación analógica ‘in malam partem’ (perjudicial para la parte) de dicho tipo penal.
Esta decisión del Tribunal Constitucional cierra las puertas de cara a los recursos presentados por el resto de presos del Procés, Oriol Junqueras, Josep Rull, Joaquim Forn, Raül Romeva, Dolors Bassa, Carme Forcadell, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart. De hecho, todos ellos tienen sus esperanzas puestas en que, finalmente, el Gobierno de coalición de PSOE y Podemos, otorgue el indulto que han solicitado.
Una medida de gracia que cuenta con el informe en contra de la Fiscalía del Tribunal Supremo, la puesta de perfil de la Abogacía del Estado, el silencio momentáneo del PSOE y la aquiescencia de Podemos.
La sentencia
La sentencia del Tribunal Constitucional avala así el fallo del Tribunal Supremo. Los magistrados del Supremo se mostraron unánimes a la hora de considerar que el delito que cometieron los líderes del Procés fue el de sedición. Un tipo penal en el que incurren aquellas personas que «sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes o a cualquier autoridad, corporación oficial o funcionario público, el legítimo ejercicio de sus funciones o el cumplimiento de sus acuerdos, o de las resoluciones administrativas o judiciales».
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