Cambio en el Código Penal: los políticos que blanqueen dinero irán de 3 a 6 años a prisión
El Congreso de los Diputados aprobará una modificación del artículo 301 del Código Penal (blanqueo de capitales) que incrementará sustancialmente las penas para aquellos cargos públicos que cometan este delito. Así, la Cámara Baja tramitará una modificación por la que “se impondrá la mitad superior de la pena”, de tres a seis años, a quienes cometan blanqueo de capitales vinculado a los delitos de cohecho, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, fraude y exacciones ilegales, negociaciones prohibidas para funcionarios públicos o abuso en el ejercicio de la función pública, delitos asociados a causas con políticos imputados.
Este cambio en el Código Penal viene supeditado a la aplicación de la Directiva de la Unión Europea 2018/1673. Entre otras cosas, dicha directiva solicita a los estados miembros que “debido al impacto que los delitos de blanqueo de capitales cometidos por quienes ostenten un cargo público producen en la esfera pública y la integridad de las instituciones públicas, los estados miembros deben poder considerar la posibilidad de prever sanciones más severas para los titulares de cargos públicos según sus respectivos marcos nacionales y de conformidad con sus tradiciones jurídicas”.
Hasta ahora, el artículo 301 del Código Penal sólo contemplaba la imposición de las penas en su mitad superior en temas de narcotráfico. Sin embargo, la Unión Europea ha solicitado que se amplíe y contemplen otros tipos delictivos. Entre las infracciones que también verán incrementada la pena, además de las anteriormente mencionadas, se encuentran las relacionadas con la trata de seres humanos, la libertad sexual, la corrupción en los negocios, los delitos urbanísticos y la inmigración ilegal.
Cambios
Estos cambios en el Código Penal en lo referente al blanqueo de capitales se suman al anteproyecto de ley para modificar la Ley de Enjuiciamiento Criminal que está ya informado, pero que aun no ha sido aprobado. Un anteproyecto que regulará por primera vez en la historia las criptomonedas, pero que a su vez es bastante laxo con la transparencia de los bienes personales de los políticos, como publicó en exclusiva OKDIARIO.
La Unión Europea es clara al respecto de la necesidad de estos cambios. Así, en la directiva se explica que pese a la decisión marco ya aplicada, la misma “no es suficientemente exhaustiva, y la actual tipificación del blanqueo de capitales carece de la suficiente coherencia para luchar eficazmente contra el blanqueo de capitales en toda la Unión y da lugar a la existencia de lagunas en materia de ejecución y obstáculos en la cooperación entre las autoridades competentes de los distintos Estados miembros”.
Eso sí, aunque las penas anteriormente descritas irán de los tres a los seis años de prisión, el cambio del Código Penal se queda corto con las sanciones mínimas que solicita Europa. En la directiva se especifica que “a fin de prevenir el blanqueo de capitales en toda la Unión, los Estados miembros deben garantizar que sea punible con una pena máxima de privación de libertad de al menos cuatro años. Esta obligación se entiende sin perjuicio de la determinación a título individual y de la aplicación de sanciones y ejecución de condenas de conformidad con las circunstancias concretas de cada caso individual”.
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