Cientos de inquilinos podrían recomprar su casa y evitar las ventas masivas de los fondos de inversión
Muchos grandes tenedores incumplen su obligación de dar prioridad en la adquisición a los actuales inquilinos
El Supremo ha aclarado en una sentencia a la que ha tenido acceso OKDIARIO que el plazo para que el inquilino ejerza su derecho de retracto debe empezar desde la comunicación «fehaciente» de que la vivienda se ha vendido. De esta manera cientos de inquilinos podrían recomprar su casa y evitar las ventas masivas a fondos buitre.
La Justicia ha determinado así que no bastará la mera comunicación verbal no registral. Tras esta decisión, muchos bancos y grandes fondos de inversión no podrán omitir la obligación de comunicar la venta de la propiedad a los inquilinos y alegar después caducidad en ventas en bloque.
Se trata de una sentencia de enorme trascendencia porque cada año se producen decenas de miles de compraventas de viviendas arrendadas y muchas de ellas son transmisiones masivas donde la notificación, según los expertos, es «inexistente o defectuosa».
Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho financiero explica que el impacto de la decisión es «estructural» porque «muchos fondos y grandes tenedores incumplen su obligación de dar prioridad en la adquisición a los actuales inquilinos».
«Es verdad que la ley permite eludir el tanteo y retracto en casos de ventas conjuntas pero no siempre se cumplen los requisitos. Para eludir el derecho de tanteo y retracto la ley exige que sea sobre todas las viviendas, no parte -aunque sea en bloque- como ocurre en muchas ocasiones», detalla
No vale la manifestación verbal
En el escrito destacan que si no se puede probar esa comunicación fehaciente cabe reclamar porque el plazo ni siquiera ha empezado: «Quien incumple la ley no puede beneficiarse de su incumplimiento», sentencia el letrado.
«La mera manifestación verbal relativa a la titularidad del inmueble no puede equipararse al conocimiento pleno, cabal y exacto de las condiciones esenciales de la transmisión», señala la sentencia 127/2026 del pasado 19 de enero.
De esta manera se acaba con la posibilidad de que «pudo haberlo conocido» porque «hay una obligación activa de información por parte del propietario». Se estrecha, de esta manera, el cerco sobre el negocio de las titulizaciones a los fondos buitre que especulan comprando carteras a precios ridículos”
Lo último en Economía
-
Colas kilométricas en Lidl por el aspirador de mano perfecto para sofás y alfombras con 7,4 V de potencia por sólo 22 euros
-
Confirmado por la UE: a partir de 2030 todos los hoteles dejarán de poner los tradicionales botes de champú y gel
-
A la venta bajos con terraza o jardín listos para entrar a vivir desde 65.000 euros
-
La Ley de Propiedad Horizontal lo avala: los propietarios nacidos en 1956 o antes pueden renunciar a ser presidentes de la comunidad y el artículo 13.2 lo confirma
-
Colas kilométricas en Leroy Merlin desde ahora por el mini lavavajillas perfecto para pisos pequeños que no ocupa nada
Últimas noticias
-
Cristiano Ronaldo estrena su casa de 60 millones en Cascais tras las lágrimas del Mundial: bolera, piscina de cristal…
-
Así es el Estadio de Dallas, campo en el que se jugará el España-Francia de semifinales del Mundial 2026
-
España – Francia: cabeza, corazón y cojones
-
Sale a subasta el brazalete que Maradona llevó en el partido de la ‘Mano de Dios’ en el Mundial de 1986
-
Lo pisas sin darte cuenta, pero es un arbusto endémico de la península ibérica y está en peligro de extinción en Castilla-La Mancha