Tu empresa lo tendrá más fácil: la reforma laboral permite despedir a indefinidos fácilmente
Tu empresa quizás lo tenga más fácil a la hora de despedir a los indefinidos para poder reestructurar la plantilla
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Tu empresa quizás lo tenga más fácil a la hora de despedir a los indefinidos para poder reestructurar la plantilla. Hoy en día nada es fijo, aunque los contratos sean indefinidos, la persona se enfrenta igualmente a una vida laboral marcada por los cambios. Se pueden quedar igualmente en la calle determinados trabajadores que ya no sirven para la empresa o cuyo puesto ha quedado fuera de lugar. Son tiempos complicados, pero con la nueva reforma laboral los despidos son más fáciles de aplicar de lo que podríamos imaginarnos.
La reforma laboral permite despedir a indefinidos fácilmente, tu empresa lo tendrá más fácil
La reforma laboral tiene una cara B. Aunque tenía por bandera el hecho de que los contratos fueran indefinidos y de esta forma conseguir que muchas personas accedieran a un puesto en condiciones. También permite más fácilmente el despido. Por lo que después de una oleada de contrataciones postpandemia en el que parecía que el mundo volvía a activarse, llega un importante parón.
Los gastos de las familias y también de las empresas, sumados a la elevada fiscalidad, hace que sea complicado mantenerse. Ya sea como trabajador, pero también como empresario, por lo que hay unos supuestos que permiten el despido de indefinidos. Algo que quizás acabe siendo una realidad en estos días.
Según el Estatuto de los Trabajadores hay unos supuestos teóricos que permiten que se pueda despedir a un indefinido. Son estos:
- Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
- La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
- Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos.
- La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
- La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
- La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
- El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.
Con uno de esos supuestos la empresa puede ajustar su plantilla a la nueva realidad de unos tiempos de crisis. Por lo que será mucho más sencillo despedir a aquellos indefinidos para los que ya no tiene trabajo.
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