El Supremo falla contra Ford: la plantilla de Almussafes no tendrá que devolver lo que cobró por el IPC de 2015
El Tribunal Supremo ha dado la razón a la plantilla de la factoría valenciana de Ford: los 9.000 trabajadores no tendrán que devolver lo que cobraron en 2015 por la caída del Índice de Precios de Consumo (IPC). Aproximadamente, el fabricante automovilístico abonó a cada trabajador entre 150 y 200 euros por persona. Una cantidad que superaría los 1,3 millones de euros y que la compañía no recuperará tras el fallo del Supremo.
Los hechos se remontan al año 2015. Ford firmó con los sindicatos mayoritarios de la empresa, UGT y CCOO, un convenio el convenio 2014-2018 con una cláusula de revisión a mitad de año, cuentan los trabajadores. «A mitad de año de 2015, el IPC estaba en un 0,9% y la empresa aplicó la cláusula y abonó a los trabajadores entre 150 y 200 euros correspondientes al incremento del Índice de Precios de Consumo», explican desde CCOO.
Cuando terminó el año, el IPC cayó hasta llegar al 0%. «Fue entonces cuando la empresa pidió recuperar ese dinero». La compañía consideró que el incremento salarial no procedía e instó a los trabajadores a devolver ese 0,9% aplicado a su salario.
La Audiencia Nacional falló en 2016 a favor de la plantilla
«En ningún sitio de lo que se había firmado decía que si el IPC bajaba, los trabajadores tenían que devolverlo», cuentan desde el sindicato. UGT, CCOO y CGT emprendieron acciones legales en 2016.
La Audiencia Nacional falló a favor de la plantilla. “Anulamos el acuerdo suscrito por la empresa y el comité de empresa el 10-03-2014 y condenamos a Ford y al comité de empresa a estar y pasar por dicha nulidad a todos los efectos legales oportunos, así como a reconocer el derecho de los trabajadores al percibo del 0,9% del IPC cobrado en junio de 2015, declarando así mismo, la obligación de no devolver dicha cuantía”, recogía la sentencia.
Según la sentencia del Tribunal Supremo, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, se establece que en el artículo 32 del Convenio Colectivo -en lo referente a la revisión salarial del año 2015- “de producirse un IPC negativo, las tablas salariales no se modificarán”. En el apartado sexto consta que “… solamente se ajustará el diferencial entre el IPC acumulado a junio y el acumulado a diciembre si ello supone una revisión al alza. De producirse un diferencial en sentido contrario, no se procederá a ningún ajuste”.
Temas:
- Ford
Lo último en Economía
-
España concentra en 7.000 pueblos de menos de 10.000 habitantes la mitad de todas las casas vacías del país
-
El fondo Brookfield acusado de impulsar un polígono industrial en Madrid ‘robando’ 150.000 m2 de zonas verdes
-
Renfe cancela 320 trenes por la huelga: los sindicatos acusan al Gobierno de ‘desmantelar’ Mercancías
-
La industria confía en rebajar su factura energética un 30% si el Gobierno atiende sus propuestas
-
Grifols mejora resultados y sanea su balance, pero continúa sin despegar en Bolsa
Últimas noticias
-
En el siglo XIX se plantaba en los parques por su porte ornamental: hoy es uno de los peores árboles invasores de toda España
-
Lluvias y nubes en Bilbao hoy, según AEMET: descenso de temperaturas y brumas en la provincia
-
Con más de 360.000 m², casi 300 tiendas, cines y restaurantes, Madrid se prepara para abrir el centro comercial más grande de su historia
-
José Saramago, premio Nobel de Literatura portugués: «Lo mejor que me ha pasado en la vida es que me despidieran del trabajo»
-
AEMET: cielo despejado en Barcelona, posibles chubascos y viento por la tarde