El Supremo determina que la indemnización del Banco de Valencia sea para el Estado y no para CaixaBank
El Tribunal Supremo ha rebajado las condenas impuestas por la Audiencia Nacional a la antigua cúpula de Banco de Valencia por administración desleal, al entender que no se justificaron adecuadamente las penas. Asimismo, establece que la indemnización corresponde al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) y no a CaixaBank, como decidió la Audiencia Nacional. Es la primera vez que la indemnización será cobrada por las arcas públicas y no por la entidad heredera de la perjudicada por los delitos -CaixaBank compró Banco de Valencia-.
De este modo, el alto tribunal rebaja la pena del que fuera consejero delegado de Banco de Valencia, Domingo Parra, a 3 años y 8 meses de prisión, por delito continuado de administración desleal en varias macrooperaciones urbanísticas financiadas por la entidad.
Al exdirectivo Alfonso Monferrer le corresponde un año y medio de prisión, y a los empresarios Salvador Vila Soria y Juan Bautista Soler Luján, un año, un mes y 15 días, los tres como cooperadores necesarios.
El Supremo sí ratifica lo acordado por la Audiencia Nacional en lo que respecta a la cuantía de las indemnizaciones civiles que deben pagar los acusados, 168 millones de euros para Parra y Monferrer, que deberán satisfacer de forma conjunta y solidaria; 119 millones en el caso de Vila, y de 130 millones en el de Soler.
La causa se originó con una querella interpuesta en 2013 por el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), que alegaba que la conducta de los directivos de la entidad le había ocasionado un perjuicio de 160,5 millones de euros.
Las macrooperaciones que Parra llevó a cabo fueron realizadas sin seguir los protocolos establecidos por el Banco de Valencia y sin seguir las recomendaciones que había hecho el Banco de España.
No se analizaron debidamente y con un mínimo rigor las inversiones, que dejaron un perjuicio patrimonial en las distintas macrooperaciones de 90,4 millones, 77,8 millones y 29,8 millones de euros.
Tampoco se percibió el riesgo que podrían conllevar estas operaciones altamente arriesgadas al no estudiar las posibilidades de reembolso de los socios, a los que no se les exigieron garantías suficientes.
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