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El Supremo confirma la multa de un millón a Deloitte por falta de independencia al auditar a Santander

La multa a Deloitte vino por una "infracción grave" que consistía básicamente en la desproporción de los honorarios por actividades de no auditoría respecto a los de auditoría, lo que afecta a la independencia de la auditora.

Auditoría.
Deloitte (Foto: Getty)

El Tribunal Supremo confirma una multa de un millón de euros impuesta por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) a Deloitte, por una «infracción grave» en las auditorías que realizó sobre las cuentas del Banco Santander en el año 2011.

Este viernes se ha dado a conocer la sentencia fechada el pasado 22 de septiembre. En ella la Sala de lo contencioso-administrativo rechaza el recurso de casación presentado por la firma auditora contra la sentencia de la Audiencia Nacional, de febrero de 2019, que ratificó la multa, informa Efe.

Confirma a la Audiencia Nacional

La sentencia avala los cargos que se imputaban a Deloitte, que eran la desproporción de los honorarios por actividades de no auditoría respecto de los de auditoría, algo que afecta a la independencia de la auditora; y por otra parte la realización de determinados trabajos de no auditoría (consultoría) ejecutados por una persona que también participó con posterioridad en los trabajos de auditoría.

El ICAC impuso en mayo de 2017 una sanción a la firma por las auditorías realizadas sobre las cuentas anuales consolidadas del Banco Santander y sociedades dependientes y las individuales de esta entidad bancaria correspondientes al ejercicio 2011, que concluyeron con sendos informes emitidos con fecha de 27 de febrero de 2012.

Las amenazas a la independencia no fueron atajadas convenientemente por Deloitte, asegura el Supremo

El Supremo se hace también eco de lo sostenido por la Audiencia Nacional, sobre que la imputación que se hace es no haber recogido en los papeles de trabajo las salvaguardas necesarias para detectar y evaluar las amenazas a la independencia.

La sentencia fija doctrina y señala que las sociedades de auditoría «deben detectar, identificar y reflejar documentalmente en los papeles de trabajo aquellos factores o circunstancias relativas al interés propio que pongan en riesgo el desempeño objetivo de su función», y adoptar las medidas de salvaguarda que sean adecuadas y suficientes.

Asimismo, si el auditor ve justificado aplicar unos honorarios desproporcionados, debe dejar constancia documental de ello en los papeles de trabajo y adoptar las medidas de salvaguarda que sean necesarias y adecuadas para preservar su independencia.

En caso de que la desproporción sea de tal importancia que comprometa gravemente la independencia, añade la sentencia, deberán abstenerse de realizar el trabajo de auditoría encomendado.

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