Soy funcionario de la Seguridad Social y tienes que saber ésto sobre la jubilación: «Ni un día antes…»
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La jubilación es uno de los momentos más importantes de la vida de una persona, este funcionario de la Seguridad Social nos indica lo que tenemos que saber sobre este paso que todos tendremos que dar en algún momento. En estos días lo que necesitamos es empezar a preparar una serie de cambios que llegan de la mano de algunas situaciones del todo inesperadas. Por lo que, es mejor estar preparados para un trámite que casi que no depende de nosotros.
Las normas las pone una Seguridad Social que sabe muy bien cómo afrontar una serie de cambios destacados. Sin duda alguna, habrá llegado el momento de poner sobre la mesa una serie de situaciones que quizás hasta el momento no habíamos ni tenido en consideración. A medida que se acerca este momento, es cuando empezamos a ver llegar una situación realmente inesperada. Un cambio que quizá nos golpee de lleno, dependiendo del momento en el que nos llegue la esperada jubilación. Hay algo que debemos saber sobre la jubilación, que quizás acabe siendo una realidad en estos días que corren en los que cada euro cuenta.
Lo que tienes que saber de la jubilación
Llegar a la jubilación es algo que todo el mundo desea, después de décadas de trabajo nos espera un cambio que puede suponer volver a redescubrirse a uno mismo, en este cambio que puede ser el que marque la diferencia en todos los sentidos. Son tiempos de esperar un cambio que puede ser una situación totalmente inesperada.
Planificar esta etapa de la vida es algo esencial. Por lo que, quizás hasta la fecha no hubiéramos podido encontrar en estos días que tenemos por delante. Con una serie de elementos que serán los que realmente nos acompañen en estos días que nos están esperando.
La jubilación se ha convertido en todo un reto. En especial porque se depende en gran medida de una pensión que puede ir perdiendo valor con el paso del tiempo. Tendremos que afrontar una serie de elementos que serán los que realmente pueden ser los que marcarán una diferencia importante.
Esta etapa puede estar marcada por unos cambios para los que quizás no estamos del todo preparados. Sino todo lo contrario, tenemos por delante más cerca o lejos, una situación que los expertos de la Seguridad Social se encargan de determinar.
Esto es lo que dice la Seguridad Social
La jubilación se ha convertido en una etapa para la que quizás no estamos del todo preparados, antes que nada, debemos tener muy clara la fecha en la que llegará. Un funcionario de la Seguridad Social se ha convertido en viral al indicarnos el momento exacto en el que debe producirse.
Tal y como nos explica este experto: «Ese día nos debe dar de baja la empresa, ese será nuestro último día de trabajo, cuando cumplimos la edad. Ni un día antes, ni un día después». Un importante cambio de ciclo que puede acabar siendo el que nos acompañe en estos días.
Si lo hacemos antes de esa fecha que nos marca la Seguridad Social nos pueden denegar una solicitud que nos asegura una paga que vamos a recibir de forma mensual y que supone el único elemento con el que tendremos que sobrevivir en estos días.
La edad es el primer elemento que debemos tener en cuenta, sobre todo, si tenemos en cuenta lo que nos está esperando en unas jornadas en las que estaremos preparados para este cambio de etapa destacada. A partir de 1-1-2013, la edad de acceso a la pensión de jubilación depende de la edad del interesado y de las cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral, requiriendo haber cumplido la edad de:
- 67 años o
- 65 años cuando se acrediten 38 años y 6 meses de cotización.
Este requisito será exigible, en todo caso, cuando se acceda a la pensión sin estar en alta o en situación asimilada a la de alta.
Como en todo procedimiento, siempre existen excepciones que también debemos tener en cuenta, para saber si podemos acogernos a ellas:
- Jubilación anticipada a partir de los 60 años por tener la condición de mutualista.
- Jubilación anticipada a partir de los 61 años sin tener la condición de mutualista.
- Jubilación parcial.
- Jubilación especial a los 64 años, para quienes resulte de aplicación la legislación anterior a 1-1-2013, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria cuarta de la LGSS.
- Jubilación del personal del Estatuto Minero, personal de vuelo de trabajos aéreos, ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos y miembros del cuerpo de la Ertzaintza.
- Jubilación flexible.
- Jubilación de trabajadores afectados por una discapacidad igual o superior al 45% o al 65%.
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