Si piensas en jubilarte antes de los 65, esto es lo que advierte un funcionario de la Seguridad Social
Un funcionario de la Seguridad Social ha dado una serie de consejos sobre la jubilación anticipada
Un funcionario de la Seguridad Social ha explicado en un vídeo la última norma del Gobierno publicada en el Boletín Oficial del Estado sobre la jubilación anticipada voluntaria y los coeficientes reductores. Con estas novedades, los españoles a los que corresponda una pensión máxima también sufrirán una penalización especial en el caso de anticipar la llegada a la jubilación. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la jubilación anticipada voluntaria.
Con el objetivo de hacer viable el sistema de pensiones ante la llegada de la generación del baby boom (los nacidos entre 1958 y 1975) a la edad de jubilación, desde la Seguridad Social vienen penalizando desde hace años a las personas que anticipan la jubilación y bonificando a las que lo demoran. Por ello han establecido una serie de coeficientes reductores para los ciudadanos que se acojan a la jubilación anticipada voluntaria o involuntaria. Estos dependerán de los meses que adelantes la retirada y los años de cotización durante la vida laboral.
Esto ha hecho que en este 2025 haya aumentado la edad media de jubilación de 64,4 años a 65,1 años de edad. En los primeros meses del año se han registrado 65.067 nuevas altas de jubilación, y las demoradas ya representan el 11,2% del total, cuando en 2019 era de un 4,8%. Estos números dejan clara la tendencia del Gobierno, que en el último mes ha introducido nuevas bonificaciones para los ciudadanos que quieran optar por la jubilación activa o demorada.
Un funcionario de la Seguridad Social y la jubilación
Alfonso Muñoz Cuenca, funcionario de la Seguridad Social y experto en la materia, ha explicado en un vídeo la última novedad relativa a los coeficientes reductores de la jubilación anticipada y la pensión máxima del sistema de pensiones, que en el último año ha subido a razón de un 2,9% hasta los 3.267,60 euros en 14 pagas, lo equivalente a 45.746,40 euros anuales.
Todo tiene que ver con la disposición 34 de la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones. Según este funcionario de la Seguridad Social, esta nueva norma supone «todo un reto viendo la complejidad de la norma y los criterios interpretativos».
«El objetivo principal de esta disposición es penalizar a los trabajadores que, jubilándose anticipadamente y aplicando la normativa general, no sufrirían penalización en el importe de su pensión», comienza diciendo en un vídeo antes de exponer dos ejemplos para que los posibles afectados conozcan la situación.
Alfonso Muñoz Cuenca pone el ejemplo de un trabajador que accede a la jubilación a los 65 años «con una base reguladora de 4.000 euros con 44 años y 6 meses de cotización». A este trabajador «le correspondería el 100% de la pensión que equivale a 4.000 euros, pero cobraría la pensión máxima, que son 3.267,60 euros al mes».
Después, pone en situación a «otro trabajador con la misma base reguladora y los mismos años cotizados, que se jubila anticipadamente a los 63 años». Este empleado sufriría una reducción del 13% y la cantidad que le quedaría sería 3.480 euros, por lo que recibiría la pensión máxima. «Adelantar su jubilación voluntariamente no tendría efectos negativos para la pensión», dice sobre la opción a la que se podían acoger los trabajadores antes de esta nueva disposición.
Sobre las novedades de esta disposición, este funcionario de la Seguridad Social explica que «la disposición 34 establece que a aquellos trabajadores que quieran adelantar la jubilación y esta sea superior a la máxima, se les aplicará unos coeficientes reductores específicos, pero sobre la pensión máxima».
Por ello, y basándonos en los ejemplos anteriores, «al segundo trabajador se le aplicaría una reducción del 5,80% sobre la pensión máxima, por lo que la penalización sería de 189,52 euros y pasaría a cobrar 3.079,08 euros». «Aquellos trabajadores en situación de cese involuntario, a los que se les aplicarán los de carácter general y además la disposición transitoria 34», informó sobre las consecuencias que también tendrán las personas que se acojan a la jubilación anticipada involuntaria por motivo de despido.
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