La Seguridad Social no te dará la pensión por incapacidad permanente sin este papel
El trámite que sí o sí necesitas para tramitar la incapacidad permanente
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Si sufres una enfermedad o una lesión que te impide trabajar de forma total o parcial, puedes solicitar una pensión por incapacidad permanente a la Seguridad Social. Sin embargo, para que tu solicitud sea aceptada, necesitas presentar un documento imprescindible: el informe médico. En este artículo, te explicaremos qué es este informe, por qué es tan importante para la incapacidad permanente y cómo puedes obtenerlo.
¿Qué es el informe médico?
El informe médico es un documento que acredita tu situación de salud, es decir, la enfermedad o la lesión que padeces, los síntomas que presentas, los tratamientos que has seguido y las limitaciones que te provocan. Este informe es el principal elemento de prueba para demostrar que cumples los requisitos para acceder a una pensión por incapacidad permanente.
¿Por qué es tan importante el informe médico para la incapacidad permanente?
El informe médico es el documento clave para solicitar una pensión por incapacidad permanente, ya que es el que acredita tu situación de salud y tu grado de afectación laboral. Sin este documento, la Seguridad Social no podrá tramitar tu solicitud de incapacidad permanente ni reconocerte el derecho a una pensión. Por eso, es imprescindible que el informe médico refleje con precisión el impacto que tiene tu enfermedad o lesión en tu capacidad laboral, para que puedas recibir la pensión que te corresponde.
Qué debe aparecer en el informe médico
Un informe médico para solicitar una incapacidad permanente debe ser más que un simple diagnóstico y tratamiento. Al menos, debería incluir los siguientes puntos:
- Datos de identificación del paciente.
- Fecha y datos del hospital o centro médico.
- Motivo del seguimiento médico.
- Antecedentes de interés.
- Diagnóstico exacto.
- Intervenciones y pruebas realizadas.
- Evolución clínica.
- Tratamientos recibidos.
- Necesidad de ayuda de tercera persona.
- Limitaciones anatómicas, psicológicas y funcionales.
Los cuatro puntos que debe reflejar el informe médico para lograr la incapacidad permanente
Existen cuatro puntos clave que deberán aparecer en el informe médico y que te permitirán pasar el tribunal médico que te vaya a valorar para concederte la incapacidad permanente. Son estos:
- Las diferentes dolencias que padeces.
- La naturaleza persistente de dichas enfermedades.
- La falta de opciones quirúrgicas.
- La inexistencia de tratamientos curativos, solo paliativos.
Estos cuatro puntos son los que demuestran que tu situación de salud es irreversible y que no hay esperanza de recuperación. El médico evaluador del Tribunal Médico no es un especialista en la enfermedad que padeces, por lo que presentar informes médicos exhaustivos y actualizados desde el diagnóstico hasta la fecha actual es vital.
Qué es el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI)
El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) es el órgano encargado de evaluar tu solicitud de incapacidad permanente y de emitir el dictamen-propuesta que determina el grado que te corresponde y al que visita el paciente en el llamado «Tribunal médico».
El EVI suele estar formado por un médico, un enfermero y un trabajador social, que valoran la situación de salud del paciente que solicita la incapacidad permanente, así como su capacidad laboral según los informes médicos que se presenten y la exploración que se realice al paciente. El EVI también tiene en cuenta el informe de antecedentes profesionales, que recoja la historial laboral y la formación académica.
¿Qué hacer si el informe médico es desfavorable?
Puede ocurrir que el informe médico que te entregue el médico no refleje adecuadamente tu situación de salud, o que no coincida con el criterio del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), el órgano encargado de evaluar tu solicitud de incapacidad permanente. En ese caso, puedes solicitar una revisión del informe médico, aportando nuevos informes o pruebas que respalden tu petición.
Si el EVI mantiene su decisión y te deniega la incapacidad permanente o te reconoce un grado inferior al que crees que te corresponde, puedes presentar una reclamación previa ante la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en el plazo de 30 días hábiles desde la notificación de la resolución. Si la reclamación previa es desestimada, puedes interponer una demanda judicial ante el Juzgado de lo Social en el plazo de 30 días hábiles desde la notificación de la resolución.
En ambos casos, es recomendable contar con el asesoramiento y la representación de un abogado especializado en incapacidad permanente, que te ayude a defender tus derechos y a obtener la pensión que te corresponde.
Como podemos ver, el informe médico es para la Seguridad Social el documento clave para que podamos solicitar una pensión por incapacidad permanente, ya que es el que acredita tu situación de salud y tu grado de afectación laboral. Por eso, es imprescindible que lo solicites al médico que te ha tratado o que te está tratando, y que lo presentes junto con tu solicitud de incapacidad permanente. Si el informe médico es desfavorable o no coincide con el criterio del EVI, puedes recurrir la decisión y reclamar la pensión que te corresponde.
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