La Seguridad Social lo hace oficial: si has nacido entre 1960 y 2002 tienes que saber esto
La ayuda a la que puedes acceder si naciste entre 1960 y 2002 y pasas por una situación vulnerable
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La Seguridad Social lo hace oficial. Si has nacido entre los años 1960 y 2002, tienes derecho a solicitar una ayuda que aunque disponible desde hace años, todavía muchos desconocen. Se trata del Ingreso Mínimo Vital, más conocido como IMV, que apareció en el año 2020, cuando la pandemia obligó a muchas familias a hacer frente retos económicos y desde entonces se ha convertido en algo imprescindible para muchos. Sin embargo, tal y como decimos, son muchas las personas que desconocen que lo pueden pedir, cuando además se trata de una prestación que ha ido evolucionando todos estos años.
Según las cifras actuales, más de dos millones de personas dependen de esta prestación, mientras se produce una reducción cercana al 30 % en los niveles de pobreza severa desde que se pusiera en marcha. Tras estos datos, no dejan de haber familias que han podido recuperar cierta estabilidad. En algunos casos, la cantidad mensual llega a superar los 1.400 euros, teniendo en cuenta los miembros en hogar y su situación económica. Pero además, para este 2025, la Seguridad social lo hace oficial: está centrada en quienes nacieron entre 1960 y 2002, dado que este es justo el tramo que encaja con la edad general exigida para solicitar el IMV, entre los 23 y los 65 años. Así que perteneces a ese rango, te interesa conocer los nuevos límites y las condiciones actualizadas que acaba de publicar la Seguridad Social.
La Seguridad Social lo hace oficial: puedes pedir esta ayuda
El Ingreso Mínimo Vital nació para asegurar que ningún hogar se quede sin un mínimo con el que vivir. No se trata entonces de algo puntual o de una paga extraordinaria, es una prestación mensual que gestiona la Seguridad Social y que se adapta a la realidad de cada familia. Por ello, la cantidad que se percibe depende tanto del número de personas que conviven como de los ingresos que entran en casa.
Si miramos las cifras o importe que concede este 2025, una persona que viva sola puede percibir unos 658,81 euros al mes, pero a medida que el hogar crece también lo hace la cuantía. De este modo, si por ejemplo conviven tres personas en una misma vivienda pueden llegar a 1.054,10 euros, y las familias más grandes (de cinco miembros o más) pueden alcanzar hasta 1.449,39 euros mensuales.
También hay complementos especiales pensados para situaciones más delicadas. Los hogares monoparentales, o aquellos con algún miembro con una discapacidad del 65 % o superior, reciben un plus. En esos casos, una madre o un padre con un sólo hijo puede cobrar alrededor de 1.001,40 euros, y si en casa hay tres menores, la ayuda se acerca a los 1.396,69 euros al mes.
Quién puede solicitarlo: edades, residencia y requisitos económicos
Para acceder al IMV en 2025 hay que cumplir tres condiciones básicas: edad, residencia y vulnerabilidad económica.
- Edad: tener entre 23 y 65 años, lo que afecta a los nacidos entre 1960 y 2002.
- Excepción: jóvenes de 18 a 22 años que hayan estado bajo tutela en centros de protección de menores.
- Residencia: haber vivido de forma legal y efectiva en España durante al menos el año anterior a la solicitud. Las víctimas de trata, explotación sexual o violencia de género están exentas de este requisito.
En cuanto a la situación económica, los ingresos anuales deben estar por debajo de los límites que marca la Seguridad Social. Por ejemplo:
- Un adulto sólo no puede superar los 20.353,62 euros al año.
- Una familia con dos adultos y dos menores no debe exceder los 44.777,96 euros anuales.
También se valora el patrimonio, excluyendo la vivienda habitual. Se tienen en cuenta propiedades, acciones o inmuebles adicionales. Sólo quienes acrediten vulnerabilidad económica pueden acceder a la ayuda.
Cómo solicitar el IMV en 2025 y qué documentos se necesitan
El proceso de solicitud se realiza a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o de forma presencial, pidiendo cita previa. La documentación básica incluye:
- DNI o NIE de todos los miembros del hogar.
- Certificado de empadronamiento.
- Libro de familia o documento equivalente.
- Última declaración de la renta.
- Justificantes de ingresos y patrimonio.
Una vez enviada la solicitud, la administración revisa los datos y resuelve en un plazo aproximado de uno a tres meses. Antes de iniciar el trámite, conviene usar el simulador online del IMV que ofrece la Seguridad Social. Permite comprobar si se cumplen los requisitos y calcular la cuantía estimada.
El IMV no es una ayuda temporal, dado que fue concebido como una red de protección estable, con la intención de reforzar el sistema de bienestar a pesar de que todavía no llega a todos aquellos a quienes podría llegar. Por eso, si naciste entre 1960 y 2002, conviene revisar si cumples las condiciones. Puede que tengas derecho a una prestación que te corresponde y que, en muchos casos, marca la diferencia. En tiempos donde el coste de la vida aprieta, una ayuda como esta puede facilitar las cosas a aquellas personas que tienen verdaderos problemas para llegar a final de mes.
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