Un Pleno del Supremo decidirá a quién corresponde pagar el impuesto sobre las hipotecas
La decisión de ayer supone un "giro radical" a la doctrina hasta ahora
Dejar sin efecto todos los señalamientos sobre recursos de casación pendientes con un objeto similar
El Tribunal Supremo ha hecho público un comunicado este viernes en el que explica que avocará a un Pleno compuesto por más de 30 magistrados el primer caso que les llegue relativo al sujeto pasivo -a quien corresponde pagar- el Impuesto de actos jurídicos documentados que incluyen las hipotecas y que ronda entre un 0,5% y un 1,5% del coste dependiendo de la comunidad autónoma.
Lo hace, según explica en una nota el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal, Luis María Díez-Picazo, por tratarse la decisión conocida ayer de un «giro radical» en la jurisprudencia y habida cuenta de «su enorme repercusión económica y social».
Esta situación es bastante peculiar, puesto que de manera habitual, las diferencias de criterio entre salas del Tribunal Supremo se dirimían mediante las propias sentencias. En caso de dos sentencias divergentes, una tercera establecía la jurisprudencia. Ahora se hará mediante una reunión del pleno.
Según la nota:
Dado que la sentencia nº 1505/2018 de la Sección 2ª de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Supremo, relativa al sujeto pasivo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, supone un giro radical en el criterio jurisprudencial hasta ahora sustentado y habida cuenta, asimismo, de su enorme repercusión económica y social, el Presidente de la Sala ha acordado, con carácter urgente:
Primero.
– Dejar sin efecto todos los señalamientos sobre recursos de casación pendientes con un objeto similar.
Segundo.
– Avocar al Pleno de la Sala el conocimiento de alguno de dichos recursos pendientes, a fin de decidir si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado.
La sentencia da la vuelta a la bolsa
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