El plazo para recurrir la resolución del Banco Popular se amplía hasta septiembre

FROB
El expresidente del FROB, Jaime Ponce. (Foto: EFE)

Todas aquellas personas físicas y jurídicas que quieran recurrir ante los tribunales la decisión del Fondo de Resolución Ordenada Bancaria (Frob) de proceder a la intervención y resolución del Banco Popular disponen aún de tres semanas para poder presentar sus recursos contencioso–administrativos. Aunque en teoría el plazo se agotaba este lunes 7 de agosto los afectados tendrán de plazo hasta el 1 de septiembre.

Teóricamente, este 7 de agosto es la última fecha para presentar recurso contencioso-administrativo contra la decisión del Frob. La ley establece que el plazo para recurrir es de dos meses desde la resolución. Como la resolución se produjo el 7 de junio, el plazo finalizaría el 7 de agosto. “Sin embargo, el mes de agosto es inhábil en la jurisdicción contencioso-administrativa por lo que el plazo se alargaría un mes adicional”, explica Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, despacho especializado en derecho bancario y financiero.

Por esta razón, el bufete presentará su recurso contra la resolución del Frob el próximo 1 de septiembre. “Pediremos la nulidad de una resolución que hizo que un banco teóricamente solvente pasara de la noche a la mañana a valer 1 euro”, señala Navas, que explica que accionistas y tenedores de bonos y deuda subordinada del Banco Popular tienen legitimidad para presentarse en el recurso a la luz de la Ley 11/2015 de 18 de junio de Recuperación y Resolución de Entidades de Crédito y Empresas de Servicios de Inversión.

El despacho entiende que se incumplió el mandato legal de incluir el informe justificante en la resolución, en referencia al polémico documento que elaboró la firma de servicios profesionales Deloitte en la que planteaba que el Popular tenía un agujero situado entre los 2.000 y los 8.000 millones de euros.

Aunque este informe no se ha hecho público, OKDIARIO ha podido confirmar que en este documento Deloitte planteó que la entidad financiera podría tener un valor positivo de 1.500 millones de euros en el escenario más optimista. Los afectados quieren que el documento se haga público para poder comprobar la certeza de este hecho, lo que daría más fuerza a sus reclamaciones que se basan en denunciar que la resolución del Popular ha sido un expolio para los accionistas.

En esta línea el recurso contencioso-administrativo que presente el 1 de septiembre Navas & Cusí solicitará la nulidad de la resolución así como daños y perjuicios por una decisión que “evaporó el patrimonio de miles de accionistas, bonistas y tenedores de deuda subordinada”. Además, siguiendo lo marcado en el reglamento del Mecanismo Único de Resolución, reclamará una valoración ‘ex post’, es decir, una nueva valoración del banco.

“¿Cuánto valdría el banco si se hubiera optado por un mecanismo de insolvencia ordinario?”, se pregunta el experto. “Parece difícil de pensar que la valoración fuera cero cuando sólo en ladrillo el Popular tenía 30.000 millones de euros en activos el año pasado, incluido incluido el 9,2% de Metrovacesa”, concluye Juan Ignacio Navas.

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