Obligatorio hacer esto si no quieres que te quiten la pensión en marzo
Si eres pensionista estás en riesgo: la multa que te puede poner la Seguridad Social
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Este 2023, las pensiones se han incrementado un 8,5% por la revalorización, un proceso que se realiza anualmente para actualizar el importe de las prestaciones de acuerdo al contexto económico. Según datos aportados por la Seguridad Social, 9,6 millones de personas perciben una pensión en nuestro país, y si tú eres una de ellas, debes formalizar una serie de trámites para continuar cobrando la prestación en el mes de marzo. A continuación, te explicamos toda la información al respecto.
Fe de vida
Uno de los trámites obligatorios que deben realizar todos los pensionistas es la presentación de la fe de vida. Se trata de un documento que acredita que una persona está viva y cuál es su estado civil. En España, son las entidades financieras las que solicitan el documento. Mientras, los pensionistas que vivan en el extranjero tienen que entregar la fe de vida en los Consulados Generales de España. En ambos casos, la fecha límite es el 31 de marzo.
Cambios personales y financieros
Otro de los trámites para seguir cobrando la pensión en marzo es el de actualizar los datos personales y financieros si ha habido alguna modificación en los últimos 30 días. Según ha publicado el portal ‘Noticias Trabajo’, no comunicar los cambios efectuados se considera una infracción y, en consecuencia, la Seguridad Social puede sancionar al pensionista, e incluso retirarle la prestación.
Certificado de rentas
Los beneficiarios de pensiones no contributivas por invalidez o jubilación tienen que presentar antes del 31 de marzo de 2023 el certificado de rentas. Este documento incluye los ingresos del pensionista y de su unidad de convivencia. Se puede tramitar en la Sede Electrónica del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso).
La Seguridad Social debe estar al tanto de cualquier variación en el nivel de rentas. Si este aumenta por ingresos independientes a la pensión no contributiva, disminuirá la cuantía de la misma. En caso contrario, la cuantía de la prestación aumentará. El incumplimiento de presentar la declaración en el plazo establecido es motivo para suspender el pago de la pensión.
Por ultimo, cabe señalar que la reforma de las pensiones presentada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones establece que la pensión mínima contributiva tendrá que aproximarse al 60% de la renta media, tomando como referencia la evolución de la pensión mínima con cónyuge a cargo. El proceso para la evolución de las pensiones no contributivas se plantea muy similar, hasta acercarse al 75% del umbral de la pobreza calculado para un hogar unipersonal.
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