Obligan a un hombre a devolver al SEPE más de 5.000 euros por hacer un viaje al extranjero
EL SEPE ha obligado a un hombre a devolver más de 5.000 euros por viajar al extranjero
Un hombre tendrá que devolver 5.141,01 euros al Servicio Público de Empleo Estatal por no comunicar en tiempo y forma que viajó al extranjero para cuidar de su madre mientras era beneficiario de una prestación por desempleo. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dado la razón al SEPE y ha emitido una sentencia que obliga a este ciudadano a devolver las cantidades percibidas mientras estaba fuera del país. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre los problemas que puedes tener con el SEPE si estás cobrando el paro y viajas al extranjero.
La historia data del año 2021, cuando un hombre que era beneficiario de una pensión contributiva por desempleo viajó al extranjero para cuidar durante seis meses a su madre que se encontraba enferma. Como no comunicó esta ausencia de medio año, el SEPE abrió un expediente y la Justicia ha obligado al ciudadano a devolver más de 5.000 euros a la Administración, ya que se considera que cometió una infracción grave.
Según informa el Poder Judicial en un comunicado, este hombre se marchó de España el día 1 de mayo de 2021 y regresó el 3 de noviembre de 2021. Teniendo en cuenta que comenzó a percibir la prestación por desempleo el 1 de abril por un periodo de 240 días, estuvo casi medio año recibiendo el paro mientras estaba en el extranjero cuidando de su madre, que estaba enferma. En caso de haberlo comunicado al SEPE, se habría procedido a suspender de forma temporal el cobro de esta prestación, pero, al no informar ni de la salida ni de la entrada del país, se ha considerado una infracción grave.
Ante esta situación, este ciudadano llevó al SEPE a los tribunales alegando que «en el poblado donde se encontraba no pudo comunicar por medios telemáticos al SEPE la circunstancia». Primero se encontró con un fallo en contra del Juzgado de lo Social número 1 de Sabadell y posteriormente llevó el caso al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que también falló a favor del SEPE, obligando a este ciudadano a devolver 5.141,01 euros al Servicio Público de Empleo Estatal.
El SEPE y las multas por ir al extranjero
El Ministerio de Trabajo y Economía Social recoge en su página web toda la información sobre los casos en los que los beneficiarios de una pensión contributiva por desempleo decidan viajar al extranjero. «Me traslado al extranjero», reza el titular de la publicación, que en la introducción deja claro que «si estás cobrando prestación contributiva o subsidio por desempleo y te trasladas al extranjero, las condiciones de la prestación variarán según el motivo y la duración de tu traslado».
La primera situación que recoge es la de un ciudadano que esté cobrando el paro y decide viajar al extranjero para trabajar durante menos de un año. «En el caso de traslado de residencia al extranjero para buscar o realizar un trabajo, para acciones de cooperación internacional o perfeccionamiento profesional, es obligatorio comunicarlo antes de la salida al Servicio Público de Empleo Estatal y que este lo autorice. Si el traslado dura menos de doce meses continuados, la prestación se suspende; si es superior a doce meses, se extingue», dice el SEPE.
En caso de no comunicar, el SEPE impondrá una sanción que dará lugar a un procedimiento sancionador y que supondrá la extinción del derecho. El SEPE también extinguirá el paro de las personas que viajen al extranjero durante un año más por motivos laborales.
En el caso de una salida al extranjero por distintas causas durante un periodo no superior a 30 días, el SEPE mantendrá la prestación siempre y cuando se cumpla con todo lo que marca la ley. «Entre dichas obligaciones se encuentra la de informar al servicio público de empleo autonómico y al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), por lo que debes comunicar la salida al SEPE antes de producirse», informa el SEPE, que también obliga a los beneficiarios del paro a presentarse en la oficina el primer día hábil siguiente al regreso. También hay que tener en cuenta, para el cómputo global, que los días que sales y entras en España no se considerarán días en el extranjero.
En el caso de los beneficiarios que estén en el extranjero entre 30 y 90 días, también se suspenderá la prestación siempre que haya una comunicación previa al SEPE. «Si es por tiempo superior a 90 días y no lo es para trabajar, buscar trabajo, realizar estudios que mejoren tu preparación profesional o por acciones de cooperación internacional, la prestación o subsidio se extingue», informa el SEPE.
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