La Justicia obliga a BBVA a anular el aval de una discapacitada física y psíquica en una hipoteca multidivisa
BBVA ha recibido un nuevo varapalo judicial por una hipoteca multidivisa colocada por su absorbida Caixa d’Estalvis de Terrassa. Si hace unos días un juez de Tarrasa (Barcelona) le condenaba por ocultar los riesgos de una hipoteca multidivisa, ahora el juzgado número 3 de Igualada ha dictado sentencia en su contra por el mismo motivo y por el exigir en el último momento un aval. Este último fue otorgado por las tres hijas de los hipotecados, de las que una es discapacitada. La discapacidad de esta última, que acudió al juicio con muletas, era de un 66% tanto física como psíquica.
La nueva sentencia, que también falla contra un producto vendido por Caixa d’Estalvis de Terrassa (ahora integrada BBVA) y a la que ha tenido acceso OKDIARIO, declara nulas tanto las cláusulas multidivisa en sí como el aval exigido para conceder la hipoteca. Sobre este último, el fallo considera que “su inclusión fue incluso sorpresiva por cuanto, se decidió en el último momento que era imprescindible para cerrar la operación”. A esto se añade que “dicha cláusula no fue negociada expresamente por las fiadoras solidarias las cuales, ni tan solo acudieron al acto de la firma”. Para el juzgado, queda patente “la desinformación de las fiadoras solidarias acerca de la situación la que las colocaba la aceptación de la cláusula”.
La desinformación es también el argumento judicial para declarar nula la característica de multidivisa de la hipoteca. Según el fallo: “la entidad financiera no ha acreditado en modo alguno que se facilitase información completa e inteligible a los clientes así como, que los mismos la hubiesen comprendido.
BBVA argumentaba que el matrimonio que contrató el producto tenían suficientes conocimientos financieros y que habían estado debidamente asesorados. El juzgado, sin embargo, considera que nada de eso ha quedado acreditado por el banco. De hecho, sostiene: “A pesar de lo que quiere hacer creer la entidad financiera no puede en modo alguno considerárseles profesionales en la materia ni tan solo con conocimientos avanzados sobre la misma”.
La sentencia ordena a BBVA convertir a euros la cantidad adeudada por el matrimonio que pidió la hipoteca. El banco debe además descontar, también convertidas en euros, las cantidades ya amortizadas. El capital pendiente de pago también ha de fijarse en la divisa común europea.
Juan Ignacio Navas, abogado de Navas & Cusí, que ha dirigido la representación de los demandantes, considera que: “Este caso era un ejemplo de mala praxis e incluso de abuso; afortunadamente el control judicial pone a cada uno en su sitio”. El letrado ha dicho además que es “Un escándalo que se haga responsable de un producto complejo a una mujer discapacitada”, en referencia una de las avalistas.
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