Los jubilados no se lo creen: la paga extra de 4.000 euros que Hacienda está repartiendo
Los mutualistas son los jubilados que pueden recibir una paga extra de Hacienda en la renta 2025
Los jubilados que en su día cotizaron de más por mutualidades laborales tendrán una paga extra de Hacienda en la campaña de la renta que arranca el 2 de abril. Los mutualistas que están esperando una devolución de la Agencia Tributaria tendrán que rellenar un formulario para solicitar la devolución de IRPF de los ejercicios 2019 y anteriores no prescritos. Todo ello después de que el Ministerio de Hacienda cancelara los pagos el pasado mes de diciembre y fijara un nuevo calendario de pagos fraccionado por años. Consulta en este artículo cómo está la situación de los mutualistas que están esperando la devolución de Hacienda.
Cientos de miles de jubilados que en su día cotizaron a mutualidades laborales siguen esperando una devolución de Hacienda después de una decisión histórica del Tribunal Supremo. La sentencia 707/2023 obligó a Hacienda a devolver el 100% de lo cotizado de más en su día a los que lo hicieron antes del 1 de enero de 1967 y el 25% a los que lo hicieron en 1967 y 1968. En total, alrededor de 4,5 millones de jubilados que en su día cotizaron a mutualidades en cualquier sector se vieron beneficiados de un dictamen del Alto Tribunal que obligaba a la Administración a devolver millones de euros.
Así que, ante esta decisión, la Agencia Tributaria abrió un canal, coincidiendo con la pasada campaña de la renta, en la que se ofrecía la posibilidad de devolución mediante un formulario. Después de haber devuelto más de 1.400 millones, Hacienda anunció por sorpresa el pasado mes de diciembre que cesaba los pagos y anunció un nuevo calendario de pagos en el que se fraccionaban estos abonos año a año. Todo con el objetivo de no volver a hacer grandes desembolsos.
«Queda sin efecto el formulario de solicitud de devolución para mutualistas habilitado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024», anunció la Agencia Tributaria en un comunicado a finales de diciembre en una noticia que causó una gran indignación entre los mutualistas afectados, ya que muchos de ellos tendrán que esperar a 2028 para recibir la indemnización que les corresponde de forma completa. «También quedan sin efecto las solicitudes de devolución del IRPF presentadas para la aplicación de la DT 2.ª de la LIRPF de los ejercicios 2022 y anteriores no prescritos, cuya devolución no se hubiera acordado con anterioridad al 22 de diciembre de 2024, cualquiera que sea la vía que se haya utilizado para su solicitud», especificó Hacienda.
Los jubilados y la paga extra de Hacienda
Así que esta decisión del Ministerio de Hacienda que dirige María Jesús Montero dejó sin devolución a cientos de miles de mutualistas que siguen esperando su dinero. Estos jubilados podrán seguir esta paga extra en la campaña de la renta que empieza este 2 de abril. Para ello, la Agencia Tributaria ya ha habilitado un canal en el que deja claro que: «Las devoluciones del IRPF de los ejercicios 2019 a 2022 y años anteriores no prescritos que resulten de la aplicación de la DT 2ª de la LIRPF se podrán solicitar año a año, a partir de 2025, mediante la presentación de los correspondientes formularios de solicitud de devolución que se pongan a disposición de los mutualistas en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria».
Así que los mutualistas afectados tendrán que rellenar un formulario en el que sólo tendrán que añadir los datos personales y un número de cuenta al que tiene que ir a parar el ingreso. En caso de necesitar una documentación extra, la Agencia Tributaria se pondrá en contacto con los afectados a través de un requerimiento. Por lo que respecta al nuevo calendario de pagos, es el siguiente:
- En 2025 se podrá solicitar la devolución de IRPF de los ejercicios 2019 y anteriores no prescritos.
- En 2026, se podrá solicitar la devolución de IRPF del ejercicio 2020.
- En 2027, se podrá solicitar la devolución de IRPF del ejercicio 2021.
- En 2028, se podrá solicitar la devolución de IRPF del ejercicio 2022.
Por lo que respecta al plazo de devolución, como ocurre con la declaración de la renta, Hacienda se pone un plazo de seis meses desde el fin de la campaña de la declaración de la renta. Así que los mutualistas que en el próximo mes presenten el formulario podrán acceder a una paga extra por el ejercicio correspondiente a 2019 y los anteriores no prescritos. Esta práctica la tendrán que seguir año a año para poder completar la cantidad que les adeuda la Agencia Tributaria.
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